Financiación

Ayudas a organismos de investigación y de difusión de conocimientos para proyectos de I+D para dar respuesta a los retos de los destinos turísticos

Bases
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Convocatoria 2021 (CAPÍTULO III del documento de BASES)
El Ministerio pone a disposición de los interesados el siguiente buzón para atender dudas: .

Objeto
La finalidad de las actuaciones contempladas en esta orden es que se generen nuevos conocimientos científicos, basados en evidencias, que supongan un avance significativo de la frontera de conocimiento actual en el ámbito turístico, mediante una investigación de calidad orientada a la búsqueda de soluciones a los principales retos medioambientales, económicos y tecnológicos a los que se enfrentan los destinos turísticos en España, para mejorar su capacidad competitiva y resiliencia a largo plazo.
Asimismo, también se persigue la necesaria difusión, transferencia y aplicabilidad del conocimiento generado hacia los destinos para su conocimiento y utilización por parte de los gestores públicos del destino, especialmente a nivel local.

Beneficiarios
Podrán tener la condición de beneficiarios los organismos de investigación y de difusión de conocimientos que cumplan con los requisitos del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, ya sea de forma individual o en agrupaciones.
Son considerados organismos de investigación y difusión de conocimientos en la categoría de Universidades y Centros de Investigación, entre otros:
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Universidades públicas, sus institutos universitarios u otras entidades de investigación propias, como Grupos de Investigación o Cátedras, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.
d) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud en el registro de centros regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
e) Universidades privadas con capacidades de I+D.
f) Centros privados de I+D, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D como actividad principal.

Cuantía y otras características del proyecto
Las subvenciones se otorgarán a fondo perdido al centro de conocimiento, con una intensidad máxima del 100 % del presupuesto financiable, con un mínimo 20.000 euros y un máximo de 150.000 euros, siempre que los proyectos se encuentren en el ámbito de la I+D (nivel de madurez tecnológica del proyecto –TRL, technological readiness level– 1-6, es decir, proyectos que se sitúen entre la investigación básica 1 y el desarrollo/demostración tecnológica 6) y el destino de estos no implique directamente una actividad económica.
Las ayudas que se concedan al amparo de esta orden podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste.
Las ayudas que se concedan al amparo de la presente orden serán compatibles con la obtención de cualquier otro tipo de ayuda o subvención distinta a las referidas en el apartado 1 que se pudiera obtener para el mismo fin, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación.
Las ayudas reguladas en esta Orden financiarán las actuaciones encaminadas a la producción de conocimiento científico y proyectos de I+D en relación con los siguientes retos de los destinos turísticos con el fin último de proceder a la digitalización de los mismos:
a) Recuperación y resiliencia del destino: gestión de crisis, simulación de escenarios, estrategias de respuesta temprana, regulación, normativa, protocolos, mercado de trabajo y condiciones laborales, empresa turística y capacidad competitiva, etc.
b) Movilidad sostenible, inteligente, conectada e integrada en el destino.
c) Cambio climático, estrategias y medidas de adaptación y mitigación en el destino; huella de carbono, modelización de impactos, estrategias públicas y privadas, etc.
d) Sostenibilidad, transición ecológica y economía circular en el destino.
e) Medición, modelización y análisis de la actividad turística en el destino: gestión de flujos turísticos, capacidad de carga, masificación, impactos económicos, desarrollo de indicadores, análisis predictivo, etc.
f) Innovación de producto o proceso en el destino: innovación turística, nuevos productos y experiencias turísticas diferenciales, nuevos segmentos de mercado, nuevos procesos de negocio, etc.
g) Digitalización: infraestructuras y plataformas, promoción y comercialización, interacción con el turista en el destino, turismo sin «fricciones», gestión de la información, inteligencia turística y Big Data, Inteligencia Artificial, gemelo digital, etc.
2. Los ámbitos de conocimiento científico y tecnológico en los que podrán encuadrarse los proyectos de I+D para dar respuesta a los retos de los destinos turísticos y lograr implantar medidas de digitalización posterior son entre otros, los siguientes:
a) Economía del Turismo y competitividad de los destinos turísticos.
b) Gestión y conservación del patrimonio cultural y natural:
1.º Impacto económico y social del sector en patrimonio cultural y natural del destino.
2.º Nuevos modelos de gestión del patrimonio cultural y natural.
3.º Gestión sostenible del patrimonio cultural y natural.
c) Investigaciones sociales aplicadas al turismo:
1.º Análisis de la vulnerabilidad del destino.
2.º Turismo y género.
3.º Accesibilidad en el sector turístico.
4.º Imagen del sector en la ciudadanía.
5.º Turismo y gestión de la diversidad.
d) Planificación y gestión de destinos, relacionados con las siguientes áreas:
1.º Evolución de los entes gestores.
2.º Legislación aplicada a la gestión turística del destino.
3.º Los diferentes modelos de gestión y planificación y los desafíos a los que se enfrentan (tipología de destino, tamaño, etc.).
4.º Sistemas de calidad turística.
5.º La innovación en la gestión del destino.
6.º Nuevos retos en planificación y gestión después de grandes catástrofes tanto sanitarias, naturales, etc.
7.º Análisis de la capacidad de resiliencia del sector turístico y de los destinos y su capacidad de respuesta.
e) Turismo, territorio y medio ambiente:
1.º El impacto del sector turístico en la conservación medioambiental de los destinos.
2.º Los Objetivos de Desarrollo Sostenible y su aplicación en el sector y en los destinos.
3.º Estrategias de economía circular y su aplicación en el sector turístico.
f) Marketing y comunicación turística.
g) Adaptación al cambio climático.
1.º Análisis de la vulnerabilidad de los destinos ante el cambio climático.
2.º Innovación en la adaptación al cambio climático.
h) Seguridad en el sector turístico:
1.º Definición de que es destino seguro, análisis de vulnerabilidad del destino.
2.º Investigación en seguridad sanitaria.
3.º Análisis de Ciberseguridad en el sector turístico.
4.º Investigación sobre la relación entre seguridad del destino y el sector turístico.
i) Gestión y organización de empresas turísticas.
j) Innovación en el sector turístico.
k) Accesibilidad turística.
l) Gestión de la información y aplicación de tecnologías habilitadoras al ámbito turístico tales como: GIS, soluciones smart aplicadas al turismo, IoT y sensórica avanzada, Big Data, Inteligencia Artificial (machine learning, tecnologías del lenguaje natural, reconocimiento de imágenes, etc.), gemelo digital, web semántica, automatización procesos, visión artificial, vídeo inteligente, tecnologías medioambientales, movilidad conectada y autónoma, tecnologías al servicio de la ciberseguridad y blockchain, entre otras.
Los proyectos podrán ser presentados de forma individual o en agrupación, en donde participen más de un posible beneficiario. Los proyectos financiados serán ejecutados por equipos de investigación dirigidos por uno o dos Investigadores Principales (IP), según se especifique en la solicitud de ayuda presentada.

Plazo para presentar solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará con la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», por un periodo de un mes.

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Convocatoria Proyectos de Generación de Conocimiento 2021

Bases
Convocatoria
Enlace para la presentación de solicitudes
Preguntas frecuentes
Novedades
Instrucciones para rellenar el CVA

Objeto
Las ayudas de esta convocatoria están dirigidas tanto a fomentar la generación y el avance significativo del conocimiento científico y la investigación de calidad contrastada como a avanzar hacia la búsqueda de soluciones a los desafíos de la sociedad.:
Las ayudas financian las siguientes modalidades de proyectos:
1) Investigación No Orientada: sin orientación temática definida, que está motivados por la curiosidad científica y tienen como objetivo primordial avanzar en el conocimiento independiente del horizonte temporal y su ámbito de aplicación.
2) investigación Orientada: orientados a la resolución de problemas concretos y vinculados a las prioridades temáticas asociadas a los desafíos mundiales y competitividad industrial de la sociedad.

Beneficiarios
Universidades, centros públicos de I+D+i, centros tecnológicos y entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas a la ciencia, la tecnología, la investigación y la innovación.

Cuantía y otras características del proyecto
Se incluirá el importe de 1200 euros en el presupuesto que se presente en la solicitud, mediante un único importe de 1200 Euros, en la última anualidad.
No será posible hacer trasvases de costes directos y costes indirectos.
En la aplicación de solicitud, únicamente se detallará el presupuesto que solicite para los costes directos.
Los costes indirectos se determinarán en la resolución de concesión, y se calcularán sobre la ayuda que se proponga para costes directos.
Si figura como IP en una solicitud presentada a esta convocatoria, no podrá figurar en otra solicitud de la misma convocatoria, independientemente de la modalidad o tipología de proyecto.
No podrá figurar como IP en una solicitud presentada a esta convocatoria si en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes participa como IP o como personal del equipo de investigación en un proyecto concedido en alguna de las convocatorias enumeradas en el anexo V de la convocatoria y el proyecto tiene una fecha de finalización posterior al 31 de agosto de 2022, de acuerdo con el plazo fijado en la resolución de concesión, sin que se tengan en consideración los periodos de prórroga concedidos.

Plazo para presentar solicitudes
Habrá un plazo único de presentación de solicitudes, desde el 23 de noviembre de 2021 al 15 de diciembre de 2021 a las 13:00 horas (hora canaria).

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Programa Investigo (publicadas las bases)

Bases
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Convocatoria (pendiente de publicación)

Objeto
El «Programa Investigo» tiene por objeto la contratación de personas jóvenes demandantes de empleo, de 16 o más años y que no hayan cumplido treinta años en el momento de comenzar la relación contractual, por los organismos de investigación y difusión de conocimientos, universidades públicas, centros tecnológicos, parques científicos y tecnológicos, entidades públicas sujetas a derecho privado y entidades privadas sin ánimo de lucro, junto con empresas que estén invirtiendo en investigación e innovación pertenecientes al sector público o privado, en la realización de iniciativas de investigación e innovación contempladas en esta norma.
Las actividades objeto de las ayudas enmarcadas en esta orden se desarrollarán por las personas capacitadas para llevar a cabo proyectos de investigación en calidad de investigadoras, tecnólogas, personal técnico y otros perfiles profesionales en I+D+i, así como, en su caso, el personal de apoyo a la investigación, facilitando su inserción laboral tanto en el sector público como en el privado para contribuir a incrementar la competitividad de la investigación y la innovación. Como personal de apoyo subvencionado se podrá contratar hasta un 10 por ciento del total de puestos de trabajo ofertados, excluyéndose en todo caso los trabajos de apoyo administrativo.
Las iniciativas de innovación e investigación y las de los departamentos de I+D+i se desarrollarán preferentemente en ocupaciones referidas a sanidad, transición ecológica, economía verde (energías renovables, tratamiento de aguas y residuos e industria agroalimentaria), así como digitalización de servicios y «data science».

Beneficiarios
Podrán tener la condición de beneficiarios de la subvención en las correspondientes convocatorias, efectuadas al amparo de esta orden, en los términos que las mismas establezcan, y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, los siguientes organismos, centros y entidades de investigación y de difusión de conocimientos:
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Centros e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.
d) Institutos de investigación biomédica o sanitaria acreditados por orden ministerial.
e) Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
f) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que, en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+i como actividad principal.
g) Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida, en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, la I+D+i como actividad principal.
h) Empresas pertenecientes al sector público o privado, que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación contempladas en esta norma.
i) También podrán ser entidades y centros beneficiarios, los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, y los centros públicos de investigación agraria y alimentaria de las comunidades autónomas, integrados en las Consejerías responsables de la investigación agroalimentaria, participantes en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA. Si alguno de ellos careciese de personalidad jurídica propia, constará como beneficiaria la administración pública a la que pertenezca.
No podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta orden las entidades y centros en quienes concurra alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13. 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Cuantía y otras características del proyecto
Se concretará la cuantía en la convocatoria. Pendiente de publicación la convocatoria.
Las subvenciones a otorgar para la contratación se destinarán a la financiación de los costes laborales y salariales, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean contratadas para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del «Programa Investigo». La duración de los contratos a subvencionar será de un mínimo de 12 meses. La duración de la subvención será de un máximo de dos años.
Los costes laborales incluirán:
a) Costes laborales y salariales, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social.
b) Ayudas al desplazamiento, por importe de 1.000 euros por año a tanto alzado por persona contratada, cuando estas tengan residencia en provincia o isla diferente de donde van a desempeñar su puesto de trabajo, que serán de aplicación a un máximo del 50 por ciento de las personas contratadas, hasta agotar el crédito disponible a tal fin. Una vez seleccionadas las personas trabajadoras para ocupar los puestos objeto de la subvención, las entidades y centros beneficiarios podrán formalizar una solicitud adicional en la forma que se establezca en la convocatoria.
Para compensar los costes laborales contemplados en el apartado a):
Modulo A: El módulo ascenderá a 22.405,94 euros por persona contratada y año de contratación (1.867,16 euros por mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 9 a 5, ambos inclusive.
Módulo B: El módulo ascenderá a 33.108,92 euros por persona contratada y año de contratación (2.759,07 euros por mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 4 a 1, ambos inclusive.
De acuerdo con ello, el importe de esta subvención se calculará en función de las previsiones recogidas en el proyecto presentado del número de personas a contratar, los años (o meses en su caso) de contratación de cada una de ellas y el módulo según el grupo de cotización de la Seguridad Social que corresponda.
Para compensar las ayudas al desplazamiento contempladas en el apartado b), tiene la consideración de módulo la cantidad a tanto alzado de 1.000 euros al año por persona contratada.
Las subvenciones reguladas en esta orden serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entidad, pública o privada. Deberá quedar, en todo caso, identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos. No obstante, estas subvenciones son incompatibles con la recepción de otros fondos comunitarios para la ejecución de los mismos proyectos de inversión, cuando ello suponga incurrir en doble financiación. Conforme al artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, los proyectos de inversión financiados por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia pueden recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste que los que ya financie la subvención de este programa según los definidos en este artículo.

Plazo para presentar solicitudes
Se concretará en la convocatoria. Pendiente de publicación la convocatoria.

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Convocatoria Tesis 2022. Ayudas del programa predoctoral de formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias

Bases
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Convocatoria
Sede electrónica

Objeto
Convocar en régimen de concurrencia competitiva y con carácter anticipado para el ejercicio 2022 subvenciones destinadas a la formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias (Modalidad A), cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE), eje 3, prioridad de inversión 10.2, objetivo específico 10.2.1, con una tasa de cofinanciación del 85% del Programa Operativo FSE de Canarias 2014-2020, en el marco de las bases reguladoras aprobadas por Orden nº 208, de 2 de diciembre de 2016, del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento (BOC nº 240, de 14.12.2016). En concreto, las ayudas cubrirán todos los gastos de la suscripción de un contrato predoctoral durante la totalidad del periodo de disfrute de las mismas. El contrato tendrá por objeto la realización de tareas de investigación en el ámbito de un programa oficial de doctorado en régimen de dedicación a tiempo completo.

Beneficiarios
Los solicitantes deberán cumplir además de las condiciones establecidos en la base 26 de las bases reguladoras los siguientes requisitos:

a) Contar con un expediente académico con una nota media mínima para cada nivel de titulación de los estudios que le dan acceso a su programa de doctorado igual o superior a seis.

b) No haber finalizado los estudios que le dan acceso al programa de doctorado con anterioridad al 1 de enero de 2017.

c) Para los solicitantes que posean una discapacidad igual o superior al 50 por ciento, el periodo de finalización de estudios precedentes quedará ampliado en dos años.

d) No obstante, la fecha de terminación de los estudios indicados en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2017 pero posterior al 1 de enero de 2012, para los/as licenciados/as o graduados/as en medicina, farmacia, biología, química y psicología que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, estén en posesión del título oficial de especialidad médica (MIR) o farmacéutica (FIR) o cuenten con el certificado oficial de especialidad en biología (BIR), química (QUIR) o psicología (PIR).

e) Para los solicitantes que se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años después de haber finalizado sus estudios, la fecha de terminación indicada en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2017 pero posterior al 1 de enero de 2012. Este requisito deberá acreditarse con una declaración jurada de la persona solicitante acompañada de la partida de nacimiento de los hijos menores correspondientes.

Cuantía y otras características del proyecto
La retribución de este contrato no podrá ser inferior al 56% del salario fijado para las categorías equivalentes en los convenios colectivos de su ámbito de aplicación durante los dos primeros años, al 60% durante el tercer año, y al 75% durante el cuarto año. Tampoco podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional que se establezca cada año, según el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Para el establecimiento de las retribuciones anteriores se tomará como referencia mínima la categoría correspondiente al Grupo M3 de personal laboral de la tabla salarial recogida en el convenio único de personal laboral de la Administración General del Estado para el año 2021 (IV Convenio 29.712,20 €).

Realizando los cálculos anteriormente expuestos la retribución bruta que deberá recibir la persona beneficiaria será en la 1ª y 2ª anualidad es de 16.638,83 €, en la 3ª anualidad es de 17.827,32 € y en la 4ª anualidad de 22.284,15 € euros, distribuida en doce o catorce mensualidades según lo que establezca la normativa del centro de adscripción. Dichos importes podrán verse incrementados con la actualización salarial al personal laboral de la Administración General del Estado para cada año. La duración del contrato será de un máximo de cuatro años a computar desde la fecha de inicio de la subvención.

Solo se subvencionarán aquellas tesis doctorales que ayuden a cumplir con los objetivos de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias (RIS3).

Requisitos de los solicitantes
a. Contar con un expediente académico con una nota media mínima para cada nivel de titulación de los estudios que le dan acceso a su programa de doctorado igual o superior a seis.
b. No haber finalizado los estudios que le dan acceso al programa de doctorado con anterioridad al 1 de enero de 2015.
c. Para los solicitantes que posean una discapacidad igual o superior al 50 por ciento, el periodo de finalización de estudios precedentes quedará ampliado en dos años.
d. No obstante, la fecha de terminación de los estudios indicados en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2015 pero posterior al 1 de enero de 2010, para los/as licenciados/as o graduados/as en medicina, farmacia, biología, química y psicología que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, estén en posesión del título oficial de especialidad médica (MIR) o farmacéutica (FIR) o cuenten con el certificado oficial de especialidad en biología (BIR), química (QUIR) o psicología (PIR).
e. Para los solicitantes que mientras han estado cursando los estudios que le dan acceso a su programa de doctorado, se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años la fecha de terminación de los estudios indicados en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2015 pero posterior al 1 de enero de 2010. Este requisito deberá acreditarse con una declaración jurada de la persona solicitante acompañada de la partida de nacimiento de los hijos menores correspondientes.
Requisitos de los Directores de tesis.
- Los directores de tesis serán doctores con vinculación de funcionario de carrera de los cuerpos docentes de las universidades públicas españolas, o pertenecerán a las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, o tendrán vinculación laboral indefinida de carácter docente o investigador, con la entidad de adscripción del solicitante.
- La vinculación contractual del director de la tesis deberá cumplirse en el momento de presentación de la solicitud y mantenerse durante todo el tiempo de duración de la ayuda. En el caso de que el director de la tesis no cumpliera con este requisito, será obligatoria la colaboración de un codirector que lo cumpla.
- En una solicitud podrán figurar, como máximo, dos personas directoras del proyecto de Tesis, en calidad de directora y codirectora, en igualdad de derechos y obligaciones a todos los efectos. El codirector asumirá las tareas del director cuando este cause baja por cualquier motivo.

Las solicitudes presentadas serán clasificadas por área de conocimiento, de modo que existirá una lista de solicitantes por cada área.
La valoración de los candidatos se llevará a cabo atendiendo a la suma de los siguientes criterios:
a. Puntuación de la nota académica hasta un máximo de 4 puntos asignados por una graduación lineal entre los participantes. El procedimiento para la puntuación de este apartado se publicará en la convocatoria correspondiente.
b. Currículum vitae del solicitante hasta un máximo de 2 puntos asignados por una graduación lineal entre los participantes: formación académica, participación en proyectos de I+D y publicaciones.
b.1 Formación académica:
b.1.1 Premio extraordinario en la licenciatura, grado o master (0,4 puntos). Documentación a presentar: certificado expedido por la Universidad correspondiente.
b.1.2 Otra titulación superior de segundo ciclo distinta de la evaluada en el certificado académico (0,3 puntos por titulación). Documentación a presentar: certificado expedido por la Universidad correspondiente.
b.2 - Participación en Proyectos de I+D financiados en convocatorias públicas, distintos del evaluado en el apartado c (0,2 puntos por proyecto). Documentación a presentar: resolución de concesión del proyecto y certificado de su director donde conste su vinculación al mismo.
Tiene consideración de convocatoria pública competitiva, aquellas convocadas por organismos públicos (internacionales, nacionales y autonómicos) en concurrencia competitiva.
Para acreditar los proyectos de investigación se dará por válido su inclusión en las resoluciones provisionales de las convocatorias correspondientes.
b.3 - Publicaciones
b.3.1 Capítulo de libro o Documentos científico técnico restringido (0,1 punto por capítulo o documento). Documentación a presentar: Copia de la portada, índice y primera página del capítulo o documento, donde conste el nombre de los autores.
b.3.2 Artículos en revistas científicas (0,2 puntos por artículo). Documentación a presentar: copia de la primera página de la publicación. Los libros de actas de congresos no puntúan como publicaciones.
c. Integración de la tesis doctoral en proyectos de investigación financiados en convocatorias públicas competitivas (2 puntos). Documentación a presentar: memoria del proyecto conforme al modelo disponible en la sede electrónica habilitada. Para valorar que la tesis está incluida en un proyecto de investigación este deberá estar vigente al menos durante los 2 primeros años del contrato de la tesis.
d. Desarrollo de la tesis doctoral en una empresa (2 puntos).
Del resultado de la valoración se obtendrá una relación de posibles beneficiarios por cada área de conocimiento ordenados de mayor a menor puntuación.
En caso de empate se tendrá en cuenta:
1º Que la tesis sea desarrollada en empresa (apartado d)
2º La puntuación obtenida en el apartado proyecto de investigación financiado (apartado c)
3º La puntuación obtenida en el apartado currículum vitae (apartado b)
4º La fecha y hora de la solicitud presentada por el solicitante ordenando la relación de posibles beneficiarios en función de su orden de entrada.
Si el número de ayudas por rama de conocimiento no pudiera ser cubierto por falta de candidatos que reúnan las condiciones requeridas, podrán ser acumuladas a otras ramas, en función de los criterios de distribución establecidos en cada convocatoria, donde los solicitantes reúnan los méritos suficientes.

Plazo para presentar solicitudes
Fecha Inicio: 17/11/2021 00:00
Fecha Fin: 9/12/2021 14:00

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Ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores 2021

Bases
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Convocatoria
Preguntas administrativas
Tramitación de la ayuda

Objeto
Ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores contemplada en el Subprograma Estatal de Formación del Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023, en régimen de concurrencia competitiva y aplicando los principios de publicidad y objetividad.
Las ayudas tienen como objeto la formación de doctores mediante la financiación de contratos laborales, bajo la modalidad de contrato predoctoral, a fin de que investigadores en formación realicen una tesis doctoral asociada a un proyecto de investigación financiado por las ayudas para proyectos de I+D del Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+I, o de ayudas para proyectos de I+D+I “Retos Investigación” del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, respectivamente, en su convocatoria 2020, ambas en el marco del Plan Estatal de I+D+I 2017-2020, o un proyecto de I+D que se ejecute en un centro de I+D que haya obtenido una ayuda en el marco de las convocatorias de Apoyo a Centros de Excelencia Severo Ochoa y Unidades de Excelencia María de Maeztu, del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, correspondientes a 2017, 2018, 2019 y 2020, o un proyectos de investigación que se desarrolle dentro de una línea de investigación prioritaria para el año 2021, fijada por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria y que se ejecute en un centro público de I+D+i de investigación agraria y alimentaria, dependiente de una Comunidad Autónoma, y participante en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA.
A su vez, las ayudas tienen por objeto financiar la contratación laboral, durante un periodo de orientación postdoctoral (en adelante POP) de una duración mínima de 6 meses y máxima de 12 meses, de aquellos doctorandos que obtengan el título de doctor con antelación al mes 43 a contar desde el inicio de la ayuda predoctoral, teniendo en cuenta que, en cualquier caso, el total de la ayuda no puede exceder los 48 meses.

Beneficiarios
Que hayan obtenido una ayuda para la realización de un proyecto de investigación financiado por las ayudas a «Proyectos de I+D+i», en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i y del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, en su convocatoria 2020, convocada por la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, y que tales proyectos hayan resultado seleccionados como susceptibles de tener asociada una ayuda para la formación de doctores, a través de esta convocatoria.
También podrán ser entidades beneficiarias los centros de I+D Que hayan obtenido una ayuda en el marco de las convocatorias de Apoyo a Centros de Excelencia Severo Ochoa y Unidades de Excelencia María de Maeztu, correspondientes a 2017, 2018, 2019 y 2020, convocadas por la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación.
Asimismo, podrán ser entidades beneficiarias los centros de I+D que sean centros públicos de I+D+i de investigación agraria y alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas, integrados en las Consejerías responsables de la investigación agroalimentaria de las Comunidades Autónomas, participantes en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA y participen en proyectos de investigación que se desarrollen dentro de una línea de investigación prioritaria para el año 2021, fijada por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.

Cuantía y otras características del proyecto
Las ayudas tendrán una duración máxima de cuatro años, y el periodo de ejecución se iniciará en la fecha de incorporación del personal investigador contratado a su puesto de trabajo en el centro de I+D contratante.
Las ayudas comprenderán dos conceptos: la ayuda para la financiación de los contratos y una ayuda adicional para cubrir gastos derivados de la realización de estancias en centros de I+D y de la matrícula en las enseñanzas de doctorado.
En relación con la ayuda para la financiación del contrato, la ayuda anual para cada uno de los contratos predoctorales será de: 21.100 euros para cada una de las dos primeras anualidades, 22.300 para la tercera anualidad y 27.900 para la cuarta anualidad.

Plazo para presentar solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 28 de octubre al 11 de noviembre de 2021 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

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Ayudas en el marco del Plan de Impulso al emprendimiento para la innovación en el Sector Portuario (Puertos 4.0) en Ideas y Proyectos Comerciales para 2021

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Convocatoria

Objeto
Estas ayudas están dirigidas a financiar la puesta en marcha de nuevas ideas o proyectos que desarrollen nuevas tecnologías, introduzcan productos, servicios o procesos innovadores en el mercado, o mejoren los ya existentes con aplicación directa en el ecosistema logístico-portuario u otros relacionados con éste, vinculados a los puertos de interés general o a los diferentes eslabones de la cadena logística.
La ayuda se desarrolla en dos tipologías: modalidad “Ideas” y modalidad “Proyectos en fase comercial”.

Beneficiarios
Podrán ser solicitantes y beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y hayan de realizar las ideas y proyectos subvencionables, conforme al artículo 9 de la Orden Ministerial TMA/702/2020 de 15 de julio de 2020. Tratándose de personas jurídicas, sus fines, objeto o ámbito de actividad, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, deberán comprender o permitir la realización de ideas y proyectos subvencionables. Se establece como excepción que las personas físicas no podrán ser beneficiarias de subvenciones para proyectos comerciales, pudiendo tan sólo ser beneficiarias de tales subvenciones las personas jurídicas y las uniones o agrupaciones de las mismas. Tampoco podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas jurídico-públicas extranjeras o las agrupaciones en las que participen.

Cuantía y otras características del proyecto
A los efectos de la presente orden, se denomina Idea al conjunto de acciones necesarias para lograr un producto, servicio o proceso innovador que, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 6, se encuentra en una fase incipiente de desarrollo tecnológico, asociado a un nivel de madurez tecnológica 1 o 2, y cuyo resultado debe ser una prueba de concepto aplicable a uno o más agentes de la comunidad logístico-portuaria. El resultado esperado será la realización positiva de una prueba de concepto o el alcance del nivel TRL3 del nivel de madurez tecnológica.
A los efectos de la presente orden, se denomina Proyecto al conjunto de acciones necesarias para lograr un producto, servicio o proceso innovador aplicable a uno o más agentes de la comunidad logístico portuaria, una vez ha sido testada la prueba de concepto y su aplicabilidad en al menos un puerto o agente del sector logístico portuario y su grado de madurez tecnológica sea igual o superior a TRL3.
Proyectos en fase comercial. Los proyectos tendrán la madurez suficiente para ser catalogados en fase comercial cuando se encuentren en un nivel de desarrollo igual o superior al TRL7. El resultado esperado será que el producto, servicio o proceso resultante debe encontrarse en condiciones de ser comercializado, incluso a nivel internacional.
Las Ideas deberán implementarse en el plazo establecido por los beneficiarios en su documentación técnica, con un máximo de seis meses desde la publicación de la resolución de concesión de la subvención.
Los Proyectos deberán implementarse en el plazo establecido por los beneficiarios en su documentación técnica, con un máximo de treinta y seis meses desde la publicación de la resolución de concesión de la subvención.
En las Ideas la ayuda consistirá en una cantidad fija e invariable de quince mil euros (15.000 euros) y la posibilidad de acceder a los servicios de incubación de la idea o de asesoramiento para facilitar el crecimiento empresarial de la misma, establecidos en las sedes territoriales de la incubadora-aceleradora asociada al Plan de impulso al Emprendimiento para la Innovación en el sector portuario «Puertos 4.0», situadas en A Coruña, Algeciras, Alicante, Barcelona, Bilbao, Cartagena, las Palmas, Madrid, Málaga, Palma, Santander, Sevilla, Valencia y Vigo.
En los Proyectos en fase comercial la ayuda consistirá en una cantidad máxima del 80% de los costes asociados en el presupuesto del proyecto a la componente de innovación, con un límite máximo de dos millones de euros (2.000.000,00 euros), y la posibilidad de acceder a los servicios de aceleración o de asesoramiento para acelerar el despliegue comercial, el crecimiento y asegurar el éxito empresarial del proyecto, establecidos en las sedes territoriales de la incubadora-aceleradora asociada al Plan de impulso al Emprendimiento para la Innovación en el sector portuario «Puertos 4.0», listadas en la letra a) de este apartado. No se considerarán proyectos que supusieran la asignación de ayudas inferiores a cien mil euros (100.000 euros).
La dotación para la financiación de ideas y proyectos comerciales en el marco de la presente convocatoria asciende a SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (6.750.000 €) para el plazo de vigencia de la misma y se financiará con cargo al Fondo de Compensación Interportuario en cumplimiento de los acuerdos de creación y financiación del Plan para la Innovación en el Sector Portuario "Puertos 4.0" de marzo de 2018 y junio de 2021.Estos recursos económicos se distribuirán del modo siguiente:a) IDEAS: los recursos económicos ascienden a SETECIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (750.000 €), de los que CIENTO CINCO MIL EUROS (105.000 €) se destinarán a INTRAEMPRENDIMIENTO. Se considera intraemprendimiento las Ideas presentadas exclusivamente por personal laboral de las Autoridades Portuarias y de Puertos del Estado individualmente o en agrupación de personas físicas. No se contempla la posibilidad de intraemprendimiento en la modalidad de proyectos comerciales. En el caso de que por falta de candidaturas evaluadas positivamente en la modalidad de Intraemprendimiento no pueda otorgarse la totalidad de la cantidad asignada a dicha modalidad, la cantidad restante podrá ser asignada para ampliar la dotación económica a la modalidad general de Ideas.b) PROYECTOS EN FASE COMERCIAL: los recursos económicos ascienden a SEIS MILLONES DE EUROS (6.000.000 €)

Plazo para presentar solicitudes
a) Solicitudes de subvenciones a Ideas: en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria (anuncio publicado en 20/10/2021).
b) Solicitudes de subvenciones a Proyectos: en el plazo de tres meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria (anuncio publicado en 20/10/2021).

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