Convocatoria Tesis 2022. Ayudas del programa predoctoral de formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias

Convocatoria Tesis 2022. Ayudas del programa predoctoral de formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias

Convocatoria Tesis 2022. Ayudas del programa predoctoral de formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias

Bases
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Convocatoria
Sede electrónica

Objeto
Convocar en régimen de concurrencia competitiva y con carácter anticipado para el ejercicio 2022 subvenciones destinadas a la formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias (Modalidad A), cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE), eje 3, prioridad de inversión 10.2, objetivo específico 10.2.1, con una tasa de cofinanciación del 85% del Programa Operativo FSE de Canarias 2014-2020, en el marco de las bases reguladoras aprobadas por Orden nº 208, de 2 de diciembre de 2016, del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento (BOC nº 240, de 14.12.2016). En concreto, las ayudas cubrirán todos los gastos de la suscripción de un contrato predoctoral durante la totalidad del periodo de disfrute de las mismas. El contrato tendrá por objeto la realización de tareas de investigación en el ámbito de un programa oficial de doctorado en régimen de dedicación a tiempo completo.

Beneficiarios
Los solicitantes deberán cumplir además de las condiciones establecidos en la base 26 de las bases reguladoras los siguientes requisitos:

a) Contar con un expediente académico con una nota media mínima para cada nivel de titulación de los estudios que le dan acceso a su programa de doctorado igual o superior a seis.

b) No haber finalizado los estudios que le dan acceso al programa de doctorado con anterioridad al 1 de enero de 2017.

c) Para los solicitantes que posean una discapacidad igual o superior al 50 por ciento, el periodo de finalización de estudios precedentes quedará ampliado en dos años.

d) No obstante, la fecha de terminación de los estudios indicados en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2017 pero posterior al 1 de enero de 2012, para los/as licenciados/as o graduados/as en medicina, farmacia, biología, química y psicología que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, estén en posesión del título oficial de especialidad médica (MIR) o farmacéutica (FIR) o cuenten con el certificado oficial de especialidad en biología (BIR), química (QUIR) o psicología (PIR).

e) Para los solicitantes que se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años después de haber finalizado sus estudios, la fecha de terminación indicada en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2017 pero posterior al 1 de enero de 2012. Este requisito deberá acreditarse con una declaración jurada de la persona solicitante acompañada de la partida de nacimiento de los hijos menores correspondientes.

Cuantía y otras características del proyecto
La retribución de este contrato no podrá ser inferior al 56% del salario fijado para las categorías equivalentes en los convenios colectivos de su ámbito de aplicación durante los dos primeros años, al 60% durante el tercer año, y al 75% durante el cuarto año. Tampoco podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional que se establezca cada año, según el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Para el establecimiento de las retribuciones anteriores se tomará como referencia mínima la categoría correspondiente al Grupo M3 de personal laboral de la tabla salarial recogida en el convenio único de personal laboral de la Administración General del Estado para el año 2021 (IV Convenio 29.712,20 €).

Realizando los cálculos anteriormente expuestos la retribución bruta que deberá recibir la persona beneficiaria será en la 1ª y 2ª anualidad es de 16.638,83 €, en la 3ª anualidad es de 17.827,32 € y en la 4ª anualidad de 22.284,15 € euros, distribuida en doce o catorce mensualidades según lo que establezca la normativa del centro de adscripción. Dichos importes podrán verse incrementados con la actualización salarial al personal laboral de la Administración General del Estado para cada año. La duración del contrato será de un máximo de cuatro años a computar desde la fecha de inicio de la subvención.

Solo se subvencionarán aquellas tesis doctorales que ayuden a cumplir con los objetivos de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias (RIS3).

Requisitos de los solicitantes
a. Contar con un expediente académico con una nota media mínima para cada nivel de titulación de los estudios que le dan acceso a su programa de doctorado igual o superior a seis.
b. No haber finalizado los estudios que le dan acceso al programa de doctorado con anterioridad al 1 de enero de 2015.
c. Para los solicitantes que posean una discapacidad igual o superior al 50 por ciento, el periodo de finalización de estudios precedentes quedará ampliado en dos años.
d. No obstante, la fecha de terminación de los estudios indicados en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2015 pero posterior al 1 de enero de 2010, para los/as licenciados/as o graduados/as en medicina, farmacia, biología, química y psicología que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, estén en posesión del título oficial de especialidad médica (MIR) o farmacéutica (FIR) o cuenten con el certificado oficial de especialidad en biología (BIR), química (QUIR) o psicología (PIR).
e. Para los solicitantes que mientras han estado cursando los estudios que le dan acceso a su programa de doctorado, se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años la fecha de terminación de los estudios indicados en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2015 pero posterior al 1 de enero de 2010. Este requisito deberá acreditarse con una declaración jurada de la persona solicitante acompañada de la partida de nacimiento de los hijos menores correspondientes.
Requisitos de los Directores de tesis.
- Los directores de tesis serán doctores con vinculación de funcionario de carrera de los cuerpos docentes de las universidades públicas españolas, o pertenecerán a las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, o tendrán vinculación laboral indefinida de carácter docente o investigador, con la entidad de adscripción del solicitante.
- La vinculación contractual del director de la tesis deberá cumplirse en el momento de presentación de la solicitud y mantenerse durante todo el tiempo de duración de la ayuda. En el caso de que el director de la tesis no cumpliera con este requisito, será obligatoria la colaboración de un codirector que lo cumpla.
- En una solicitud podrán figurar, como máximo, dos personas directoras del proyecto de Tesis, en calidad de directora y codirectora, en igualdad de derechos y obligaciones a todos los efectos. El codirector asumirá las tareas del director cuando este cause baja por cualquier motivo.

Las solicitudes presentadas serán clasificadas por área de conocimiento, de modo que existirá una lista de solicitantes por cada área.
La valoración de los candidatos se llevará a cabo atendiendo a la suma de los siguientes criterios:
a. Puntuación de la nota académica hasta un máximo de 4 puntos asignados por una graduación lineal entre los participantes. El procedimiento para la puntuación de este apartado se publicará en la convocatoria correspondiente.
b. Currículum vitae del solicitante hasta un máximo de 2 puntos asignados por una graduación lineal entre los participantes: formación académica, participación en proyectos de I+D y publicaciones.
b.1 Formación académica:
b.1.1 Premio extraordinario en la licenciatura, grado o master (0,4 puntos). Documentación a presentar: certificado expedido por la Universidad correspondiente.
b.1.2 Otra titulación superior de segundo ciclo distinta de la evaluada en el certificado académico (0,3 puntos por titulación). Documentación a presentar: certificado expedido por la Universidad correspondiente.
b.2 - Participación en Proyectos de I+D financiados en convocatorias públicas, distintos del evaluado en el apartado c (0,2 puntos por proyecto). Documentación a presentar: resolución de concesión del proyecto y certificado de su director donde conste su vinculación al mismo.
Tiene consideración de convocatoria pública competitiva, aquellas convocadas por organismos públicos (internacionales, nacionales y autonómicos) en concurrencia competitiva.
Para acreditar los proyectos de investigación se dará por válido su inclusión en las resoluciones provisionales de las convocatorias correspondientes.
b.3 - Publicaciones
b.3.1 Capítulo de libro o Documentos científico técnico restringido (0,1 punto por capítulo o documento). Documentación a presentar: Copia de la portada, índice y primera página del capítulo o documento, donde conste el nombre de los autores.
b.3.2 Artículos en revistas científicas (0,2 puntos por artículo). Documentación a presentar: copia de la primera página de la publicación. Los libros de actas de congresos no puntúan como publicaciones.
c. Integración de la tesis doctoral en proyectos de investigación financiados en convocatorias públicas competitivas (2 puntos). Documentación a presentar: memoria del proyecto conforme al modelo disponible en la sede electrónica habilitada. Para valorar que la tesis está incluida en un proyecto de investigación este deberá estar vigente al menos durante los 2 primeros años del contrato de la tesis.
d. Desarrollo de la tesis doctoral en una empresa (2 puntos).
Del resultado de la valoración se obtendrá una relación de posibles beneficiarios por cada área de conocimiento ordenados de mayor a menor puntuación.
En caso de empate se tendrá en cuenta:
1º Que la tesis sea desarrollada en empresa (apartado d)
2º La puntuación obtenida en el apartado proyecto de investigación financiado (apartado c)
3º La puntuación obtenida en el apartado currículum vitae (apartado b)
4º La fecha y hora de la solicitud presentada por el solicitante ordenando la relación de posibles beneficiarios en función de su orden de entrada.
Si el número de ayudas por rama de conocimiento no pudiera ser cubierto por falta de candidatos que reúnan las condiciones requeridas, podrán ser acumuladas a otras ramas, en función de los criterios de distribución establecidos en cada convocatoria, donde los solicitantes reúnan los méritos suficientes.

Plazo para presentar solicitudes
Fecha Inicio: 17/11/2021 00:00
Fecha Fin: 9/12/2021 14:00