Ayudas de la FECYT para la realización de actividades en el ámbito del fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación
Bases.
Extracto.
Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Objeto
Fomentar la cultura científica, tecnológica y de la innovación a través de la financiación de proyectos en las siguientes categorías:
a) Proyectos de comunicación social de la ciencia, la tecnología y la innovación.
b) Programa anual de actividades de las Unidades de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+I).
c) Ferias de la ciencia.
d) Proyectos singulares:
d.1 Ciencia ciudadana.
d.2 Arte, Ciencia, Tecnología y Sociedad (ACTS).
d.3 Investigación y práctica en la comunicación científica.
Beneficiarios
Entidades con personalidad jurídica propia, válidamente constituidas y con residencia fiscal o establecimiento permanente en España, tales como:
Universidades, centros de investigación, museos, fundaciones, asociaciones, empresas, administraciones públicas y otras organizaciones activas en divulgación científica y fomento de la cultura científica.
Tipo ayuda
Modalidad: Subvención en régimen de concurrencia competitiva.
Cuantía máxima por solicitud: 100.000 euros.
Porcentaje de subvención: hasta el 70 % del coste total del proyecto.
Dotación presupuestaria total: 5.500.000 euros.
Régimen convocatoria
Concurrencia competitiva.
Legislación aplicable:
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio.
Orden CIN/1286/2022, de 17 de diciembre (bases reguladoras).
Leyes 19/2013, 39/2015 y 40/2015 sobre transparencia, procedimiento administrativo y régimen jurídico.
Periodos de ejecución
Los proyectos pueden tener una duración de hasta 24 meses, y se distinguen dos categorías principales:
Las actividades objeto de financiación deberán estar incluidas en alguna de las siguientes categorías de proyectos:
a. Proyectos de comunicación social de la ciencia, la tecnología y la innovación.
1. Proyectos con periodo de ejecución de hasta 12 meses. Dentro de esta subcategoría se incluyen dos tipos de proyectos:
Proyectos recurrentes. Se deberán presentar en esta subcategoría aquellas actividades que se ejecutan de forma recurrente cada cierto tiempo, ya sea en forma de ediciones sucesivas de una misma actividad, o de una actividad similar para la que se introducen variaciones o adaptaciones, se hayan presentado o no con anterioridad a esta convocatoria.
Nuevos proyectos. Se deberán presentar en esta subcategoría aquellas actividades que se realizan por primera vez.
2. Proyectos con periodo de ejecución de entre 12 y 24 meses. Solo se podrán presentar en esta subcategoría grandes producciones audiovisuales, programas de planetario, y grandes exposiciones, que requieran, por la complejidad de su producción (que deberá justificarse de forma suficiente en el formulario de solicitud), períodos de ejecución más amplios, pudiendo extenderse hasta dos años.
Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 1 de julio de 2025 hasta el 23 de septiembre de 2025, a las 13:00 h (hora peninsular española).
La solicitud deberá estar firmada electrónicamente por el representante legal antes del cierre del plazo.