Financiación

Ayudas dirigidas a impulsar la innovación abierta a través de la iniciativa «Activa Startups», Canarias 2024

Bases.
Convocatoria.
Extracto de la convocatoria (en BOE, publicación de día 20/02/2024)
Extracto de la convocatoria (en BOC, publicación de día 27/02/2024)
Página web de la EOI.
Base de datos nacional de subvenciones.

Incluida en el Mapa de ayudas I+D+i de la FCPCT ULPGC.

Propósito
Innovación abierta

Modalidad
subvención directa más subvención en especies

Región
Canarias

Ayuda
Ayudas dirigidas a impulsar la innovación abierta a través de la iniciativa «Activa Startups»

Objetivo
Ayudas dirigidas al impulso de la innovación abierta a través de casos de éxito de colaboración empresa&startup, que ayuden al crecimiento y transformación digital de las empresas vinculadas a cualquier sector mediante la resolución de retos de la propia industria.

Serán susceptibles de ayudas los proyectos de asesoramiento en materia de innovación en transformación digital, desarrollo e incorporación de tecnologías emergentes, transformación hacia una economía baja en carbono o incorporación de la economía circular en el modelo de negocio de la pyme, con el objetivo de dar respuesta a retos planteados en empresas que buscan la innovación abierta mediante soluciones basadas en tecnologías emergentes como inteligencia artificial, internet de las cosas, tecnologías de procesamiento masivo de datos e información, computación de alto rendimiento, blockchain, procesamiento de lenguaje natural, ciberseguridad, realidad aumentada, realidad virtual, robótica colaborativa, entre otras.

Entidad convocante
Ministerio de Industria y Turismo / EOI

Beneficiarios
Empresas cuya actividad se refiera a cualquier sector, exceptuando los sectores indicados en el artículo 1 de esta convocatoria, con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias, que tengan la condición de PYME y que vayan a desarrollar un proyecto de innovación abierta con el asesoramiento y apoyo de una startup.

Cuantía y otras características del proyecto
La intensidad de la ayuda concedida será del cien por cien del importe bruto de los costes subvencionables del proyecto hasta una cuantía máxima de 40.000 €.

a) Costes directos de ejecución, que incluyen los siguientes:
1.º Costes de personal: tanto de personal con contrato laboral como de personal autónomo que, ostentando la condición de accionista o socio de la entidad beneficiaria, preste servicios profesionales en ella sin estar vinculado por una relación laboral.
2.º Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el programa.
3.º Los costes de material y productos similares, que se deriven directamente de la actividad vinculada al programa.
4.º Alquiler de instalaciones o edificaciones destinadas al desarrollo de la actividad, así como el alquiler de maquinaria o equipos de terceros requeridas para la ejecución de la actividad vinculada al programa.
5.º Los gastos de alojamiento, locomoción y viajes serán financiables únicamente en el caso de reuniones o actos convocados expresamente para el desarrollo del programa.
6.º Los gastos de contratación de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación en la medida en que estén dedicados al proyecto de innovación del programa.
7.º El gasto derivado del informe realizado por un auditor, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, cuando se requiera su aportación en la fase de justificación.
b) Costes indirectos, entendidos como gastos que no están vinculados o no pueden vincularse directamente con una actividad específica en cuestión. Estos costes se calcularán a un tipo fijo del 15 % de los costes directos de personal subvencionables.

Ayudas en especie que consisten en un programa de acompañamiento para las empresas beneficiarias, con asesoramiento individualizado y formación específica sobre aquellos aspectos clave para abordar el objetivo planteado, y que no podrán ser superiores a 10.000 euros, por empresa beneficiaria, en su equivalente a subvención bruta.

En la presente convocatoria no está permitida la subcontratación de las actuaciones objeto de la ayuda.

Régimen convocatoria
Concurrencia competitiva.

Periodos de ejecución
El periodo subvencionable, que comprende desde la resolución de la concesión de las ayudas hasta la fecha límite para la ejecución de actividades será de 6 meses desde la fecha de publicación de la misma.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 20/02/2023 - 20/03/2023

(Como referencia se indican convocatorias de otras regiones de España)

Aragón
C2: 20/12/2022 - 20/01/2023

Andalucía:
C2: 05/11/2022 - 05/12/2022

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: ---

(Como referencia se indican convocatorias de otras regiones de España)

Aragón
C2: 25/04/2023

Andalucía:
C2: 20/10/2023

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Proyectos individuales de Innovación vinculados a PERTES AEROESPACIAL Y DE SALUD DE VANGUARDIA

Ficha informativa sobre ayudas.
Sede electrónica del CDTI.

Incluida en el Mapa de ayudas I+D+i de la FCPCT ULPGC.

Propósito
Investigación, desarrollo e innovación en salud y aeroespacial.

Modalidad
Préstamos.

Región
España.

Ayuda
Proyectos individuales de Innovación vinculados a la Adenda y a los PERTE Aeroespacial y de Salud de Vanguardia..

Objetivo
Se entiende por salud de vanguardia la promoción y protección de la salud mediante el desarrollo e incorporación de productos, procedimientos innovadores y soluciones digitales que añaden valor en la prevención, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación de los pacientes de forma personalizada.
Se considerarán elegibles los proyectos de I+D e innovación tecnológica cuyo objetivo implique atender una clara necesidad, tanto técnica como asistencial, en el ámbito del diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y monitorización de patologías de cualquier área terapéutica, cuyo contenido suponga un salto tecnológico significativo y que observen prioritariamente:
El Impulso de la medicina personalizada de precisión.
El desarrollo de terapias avanzadas y otros fármacos innovadores.
La mejora de la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación e investigación orientada a la salud, basada en la recogida, tratamiento, análisis y explotación de datos.
La transformación digital de la asistencia sanitaria en condiciones de ciberseguridad.

A los efectos de este instrumento, se considera que el ámbito aeroespacial incluye todo lo relativo al diseño, desarrollo, fabricación, operación y mantenimiento de aeronaves tripuladas y no tripuladas, vehículos espaciales y sistemas de propulsión, así como la correspondiente infraestructura necesaria para su operación (tales como aeropuertos, sistemas de navegación aérea, bases de lanzamiento, o estaciones de seguimiento de satélites) y para llevar a cabo tareas de experimentación y ensayo en sus fases de desarrollo.

Asimismo, se incluye en este ámbito el desarrollo de servicios comerciales directamente relacionados con la aeronáutica y la infraestructura espacial. Más concretamente, de acuerdo con las prioridades establecidas en el PERTE Aeroespacial se establecen los siguientes campos específicos de actuación.
1. En aeronáutica:
• Investigaciones y desarrollos dirigidos a aumentar la eficiencia de las aeronaves y reducir significativamente las emisiones contaminantes del transporte aéreo, incluyendo infraestructura aeroportuaria y sistemas para la navegación aérea que faciliten un tráfico aéreo más eficiente.
• Nuevos desarrollos de aeronaves no tripuladas e infraestructura necesaria de software y hardware para su operación segura en el espacio aéreo compartido.
• Sistemas y equipos embarcados.
2. En espacio:
• Diseño de cargas útiles relacionadas con el control medioambiental, las comunicaciones cuánticas y la seguridad en cooperación internacional.
• Reforzar las capacidades tecnológicas españolas para el uso comercial del espacio (incluyendo New Space).
3. Líneas Transversales:
• Sostenibilidad, digitalización e innovación en la industria aeroespacial, incluyendo sistemas innovadores de mantenimiento, como el análisis predictivo y monitorización en tiempo real.

Entidad convocante
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, CDTI.

Beneficiarios
Empresas.
En las siguientes zonas asistidas (zonas "c" según el mapa de ayudas), sólo podrán ser beneficiarias las PYMES: Aragón (se excluye Zaragoza capital), Asturias, Islas Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña (parcialmente), Comunidad de Madrid (parcialmente), Comunidad Valenciana, Galicia, Murcia, Navarra (parcialmente), La Rioja y País Vasco (parcialmente). Por tanto, no se concederán ayudas a grandes empresas en estas zonas.
En el resto de las regiones asistidas (zonas “a” de acuerdo con el mapa de ayudas), -Canarias, Andalucía, Extremadura, Castilla-La Mancha, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla- tanto las PYMEs, como las grandes empresas podrán ser beneficiarias..

Cuantía y otras características del proyecto
Ayuda parcialmente reembolsable.
Tipo de interés fijo: Euribor a 1 año + 0,75%.
Ayuda de hasta el 75% del presupuesto aprobado.
La empresa deberá aportar, al menos, el 25% del presupuesto del proyecto con recursos propios.
Anticipo del 50% de la ayuda sin exigencia de garantías adicionales.
Tramo no reembolsable del 20% de la ayuda.
Devolución: 10 años incluyendo una carencia de 2 años.
Sólo se apoyarán proyectos con desarrollo en determinadas regiones asistidas.
Presupuesto mínimo: 175.000 euros.
Presupuesto máximo:
Proyectos individuales de I+D: sin máximo
Proyectos individuales de innovación: 30 millones de euros.

Régimen convocatoria
Préstamos.
Tipología:
Proyectos individuales de I+D: de carácter aplicado para la creación o mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio y pueden comprender tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental.
Proyectos individuales de innovación: apoyan a la empresa en la mejora de su competitividad mediante la incorporación de tecnologías emergentes y el objetivo es potenciar la innovación en determinadas regiones españolas.
Se considerará que la ayuda tienen un efecto incentivador si, antes de comenzar a trabajar en el proyecto, el beneficiario ha presentado por escrito su solicitud de ayuda al CDTI.

Periodos de ejecución
Los proyectos no podrán finalizar más tarde del 31/12/2025.
Duración mínima:
Proyectos individuales de I+D: 12 meses
Proyectos individuales de innovación: entre 9 y 24 meses.

Plazo para presentar solicitudes
Convocatoria continua abierta a partir del 4 de diciembre de 2023.

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Subvenciones para el impulso de proyectos de innovación disruptiva en Canarias (Canarias Stars) 2024

Bases
Convocatoria
Extracto de la convocatoria
Base de Datos Nacional de Subvenciones
Web de la Consejería.

Incluida en el Mapa de ayudas I+D+i de la FCPCT ULPGC.

Propósito
Transferencia de tecnología, desarrollo de empresas emergentes.

Modalidad
Subvenciones

Región
Canaria

Ayuda
Subvenciones para el impulso de proyectos de innovación disruptiva en Canarias (Canarias Stars).

Objetivo
Se establecen tres tipos de actuaciones subvencionables:
a) Actuaciones tipo A. Actuaciones de apoyo y asesoramiento a empresas emergentes canarias dirigidas a fomentar y promover proyectos de innovación disruptiva, tanto desde el punto de vista de incubación como de aceleración, así como aquellas actuaciones que promuevan la participación de dichas empresas en proyectos nacionales, europeos e internacionales que les permitan el acceso a recursos que son necesarios para desarrollar dichos proyectos.
b) Actuaciones tipo B. Incluye proyectos de innovación disruptiva a desarrollar por empresas emergentes canarias. En ningún caso serán subvencionables las actuaciones rutinarias definidas en la base reguladora 2.d).
c) Actuaciones tipo C. Actuaciones de apoyo a procesos de transferencia de conocimiento y tecnología, y de demanda de innovación en empresas canarias, a través de colaboraciones externas con empresas emergentes y agentes de conocimiento en el ámbito regional, nacional o internacional, siguiendo modelos de innovación abierta.

Entidad convocante
Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, ACIISI

Beneficiarios
En las actuaciones tipos A y C, podrán ser entidades beneficiarias aquellas entidades públicas o privadas, cuyo objeto social comprenda expresamente el desarrollo de actividades propias de agentes de apoyo a la innovación, facilitadoras de servicios que promuevan la cultura innovadora en el ámbito del tejido empresarial, impulsen la actividad emprendedora.

En las actuaciones tipo B, podrán ser entidades beneficiarias empresas canarias emergentes que pretendan llevar a cabo un proyecto de innovación disruptiva.

Cuantía y otras características del proyecto
La intensidad de la ayuda será del 100% del gasto elegible, siempre que los límites máximo y mínimo de la subvención por proyecto lo permitan. Los límites mínimo y máximo de subvención a conceder por proyecto subvencionado son 30.000 y 120.000 euros, respectivamente para actuaciones tipos A y C, y entre 25.000 y 50.000 euros para actuaciones tipo B. El importe máximo subvencionable para el concepto de gasto “Informe de auditoría” se establece en 1.200,00 euros. El abono de la subvención se efectuará por anticipado, según lo previsto en la base reguladora 15, estando las entidades beneficiarias exentas de presentar garantías para el abono anticipado de la subvención.

Gastos subvencionables:

Actuaciones tipo A y C:

a) Gastos del personal propio vinculado a la actuación o proyecto durante su desarrollo.

b) Gastos de viajes (desplazamiento y alojamiento). El importe máximo a subvencionar en este concepto será 10.000,00 euros.

c) Colaboraciones externas y consultorías.

d) Informe de Auditoría.

Actuaciones tipo B:

a) Activos fijos nuevos, que no tengan el carácter de reposición.

b) Inversiones inmateriales.

c) Colaboraciones externas.

d) Informe de Auditoría.

e) Gastos de personal propio vinculado a la actuación o proyecto durante su desarrollo.

f) Gastos de viajes (desplazamiento y alojamiento). El importe máximo a subvencionar en este concepto será 6.000,00 euros.

Régimen convocatoria
Régimen de concurrencia no competitiva. Ayudas de minimis.

Periodos de ejecución
El inicio del plazo para realizar la actividad y para considerar los gastos subvencionables se podrá computar desde el 1 de enero del año a que corresponda la convocatoria. La duración máxima del plazo de ejecución será de doce meses.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 01/02/2024 -  hasta agotamiento del crédito disponible o 30/03/2024.

Plazos de solicitudes anteriores
C2: 27/06/2023 - 15/10/2023

C3: 06/10/2022 - 28/10/2022

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C2: 16/07/2023

C3: (PROV) 29/11/2022 ; (DEF) 16/12/2022

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Canarias Aporta y Aporta Digital, 2023

Bases.
Convocatoria.
Extracto de convocatoria.
Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Web PROEXCA, más información.
Aplicativo sede electrónica Gobierno de Canarias.

Incluida en el Mapa de ayudas I+D+i de la FCPCT ULPGC.

Propósito
Internacionalización y digitalización

Modalidad
Subvención

Región
Canaria

Ayuda
Canarias Aporta y Aporta Digital

Objetivo
Canarias Aporta: Subvenciones dirigidas a la expansión y promoción empresarial fuera de Canarias, ya sea fomentando su competitividad y promoción para la salida tanto al resto del territorio español como a mercados internacionales, y para la consolidación de su presencia en los mismos.

Aporta Digital: Subvenciones dirigidas a proyectos de promoción exterior e internacionalización de las PYMEs canarias utilizando la digitalización y el comercio electrónico en sentido amplio. Los proyectos Aporta Digital, además de los relativos al e-commerce, serán aquellos que faciliten la digitalización de la empresa y la conexión, a través de medios digitales, con los operadores ubicados fuera de Canarias.

Entidad convocante
Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos. PROEXCA

Beneficiarios
Pequeñas y medianas empresas canarias que realicen un proyecto dirigido a la expansión y promoción empresarial fuera de Canarias, ya sea fomentando su competitividad y promoción para la salida tanto al resto del territorio español como a mercados internacionales, y para la consolidación de su presencia en los mismos.
Los proyectos podrán ser:
A) Proyectos de promoción exterior e internacionalización (Línea Canarias Aporta).
a) Proyectos nuevos.
b) Proyectos de consolidación.
B) Proyectos de internacionalización digital (Línea Aporta Digital).
a) Proyectos nuevos.
b) Proyectos de consolidación.

Podrán acogerse las agrupaciones de pequeñas y medianas empresas canarias constituidas a través de cualquiera de las formas jurídicas admitidas por la normativa mercantil vigente. También podrán presentarse agrupaciones empresariales sin personalidad jurídica.

Las empresas referidas anteriormente deberán contar con, al menos, un año de constitución al momento de presentar la solicitud de subvención. Esta exigencia será de aplicación a las empresas que conforman la agrupación empresarial, pero no así a la estructura agrupada con la que se presentan al programa.

Cuantía y otras características del proyecto
El importe máximo de los gastos subvencionables por proyecto ascenderá a 120.000 euros respectivamente, siendo el importe máximo de la subvención el 50% del gasto subvencionable.

CANARIAS APORTA
- Export Manager en origen: 3.000€/mes de coste total para la empresa.
- Export Manager en destino: 1.400€/mes.
- Consultor o consultora senior internacional en origen o en destino: 600€/mes.
- Acciones promocionales en el territorio nacional fuera de Canarias y en el ámbito internacional: 80.000€.
- Gastos de implantación y/o licitación en el exterior: 80.000€.
- Pólizas o seguros cuya finalidad sea cubrir los riesgos políticos, comerciales y extraordinarios asociados con la salida al exterior del territorio de las Islas Canarias: 10.000€.

APORTA DIGITAL
- Export Manager en origen: 3.000€/mes de coste total para la empresa.
- Persona experta en digitalización y comercio electrónico en origen: 3.000€/mes de coste total para la empresa.
- Acciones promocionales en el territorio nacional fuera de Canarias y en el ámbito internacional: 80.000€
- Formación, Equipo Humano y Profesional, Marketing y Logística: 100.000€.

Régimen convocatoria
Concurrencia competitiva

Periodos de ejecución
En la convocatoria de 2023:
El inicio del plazo para realizar la actividad y para considerar los gastos subvencionables se computará desde el 1 de noviembre de 2022.
El plazo para finalizar la ejecución y la justificación total de la actividad expirará el 31 de octubre de 2024, excepto para la auditoría limitada y su factura original, así como el pago efectivo de la misma, que tendrá un plazo adicional de siete días hábiles, y que finalizará el 12 de noviembre de 2024.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 05/12/2023 - 13/12/2023

Plazos de anteriores solicitudes
C2: 22/07/2022 - 05/08/2022

C3: 10/12/2021

C4: 14/09/2020

C5: 28/12/2018

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias

C2: (DEF) 14/12/2022

C3: 28/12/2021 (PROV)
30/12/2021 (DEF)

C4: 14/12/2020 (PROV)
29/12/2020 (DEF)

C5: 17/04/2019 (PROV)
29/05/2019 (DEF)

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Incorporación de personal innovador al tejido productivo (IPI) 2024

Bases
Modificaciones de las bases
Convocatoria
Extracto de la convocatoria
Base de Datos Nacional de Subvenciones
Web de la Consejería.

Incluida en el Mapa de ayudas I+D+i de la FCPCT ULPGC.

Propósito
Investigación y desarrollo, innovación, Contratación personal

Modalidad
Subvenciones

Región
Canaria

Ayuda
Incorporación de personal innovador al tejido productivo (IPI)

Objetivo
Subvenciones para la contratación de personal innovador que participe en la realización de un proyecto de innovación

Entidad convocante
Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, ACIISI

Beneficiarios
Empresas o clústeres que vayan a realizar un proyecto de innovación y que cumplan con:
a) Que vayan a realizar un proyecto de innovación.
b) No ser una sociedad pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias u otra Administración Pública.
c) Contar, al menos, con una persona trabajadora en plantilla.
d) Contar con un compromiso explícito en materia de igualdad entre mujeres y hombres que deberá constar por escrito, debiendo acreditarse la forma elegida para realizar su difusión a toda la plantilla."

Cuantía y otras características del proyecto
El importe del coste unitario por mes de contrato asciende a 2.288,23 euros.
La cuantía máxima de subvención por entidad beneficiaria es de 200.000,00 euros. El abono de la subvención se efectuará por anticipado, estando las entidades beneficiarias exentas de presentar garantías para el mismo.
Para proceder al abono de la subvención, las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación descrita en la base reguladora 8, en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde la firma del contrato. La entidad beneficiaria estará obligada a mantener el contrato del personal innovador en vigor, durante, al menos, seis meses, una vez finalizado el periodo subvencionable.

Régimen convocatoria
Concurrencia no competitiva. El plazo para resolver el procedimiento y notificar la resolución de concesión será de seis meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias (28/11/2023). Dicho plazo podrá ser suspendido conforme a la Ley reguladora del Procedimiento Administrativo Común. Se aprobará la resolución de concesión de las subvenciones sin realizar los trámites de resolución provisional y aceptación.

Periodos de ejecución
Periodo de ejecución mínimo de 12 meses y máximo de 18 meses, iniciándose el periodo subvencionable en la fecha de firma del contrato.
El plazo máximo para efectuar la contratación será de un mes contado a partir de la notificación de la concesión de subvención.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 01/02/2024 - hasta el agotamiento del crédito disponible o 31/03/2024.

C2: 01/06/2023 - 29/06/2023

C3: 17/09/2021 - 08/10/2021

C4: 17/9/2020 - 08/10/2020

C5: 24/09/2019 - 15/10/2019

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: 12/07/2023

C2: 09/02/2022 (PROV)
01/04/2022 (DEF)

C3: 05/04/2021 (PROV)
03/05/2021 (DEF)

C4: 18/02/2020 (PROV)
04/06/2020 (DEF)

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Impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado

Bases
Extracto de convocatoria
Convocatoria (línea A)

Propósito
Inversión en vehículo eléctrico.

Modalidad
subvenciones y préstamos.

Región
nacional.

Ayuda
Concesión de ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico del año 2023.

Objetivo
Ayudas a planes de inversión en la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado y ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico.

En el objeto de la ayuda se han distinguido, dentro de la cadena industrial del vehículo eléctrico, dos secciones diferenciadas: La primera, «sección A», que engloba la producción de baterías del vehículo eléctrico, sus componentes esenciales y la producción o recuperación de materias primas fundamentales necesarias; la segunda «sección B», que engloba el resto de la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado, sus sistemas, subsistemas y componentes, y ciertos sistemas de infraestructura auxiliares necesarios para su despliegue.

Entidad convocante
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Beneficiarios
Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta orden las sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial en alguno de los sectores recogidos para cada sección en el anexo I de esta orden, y que no formen parte del sector público.

Cuantía y otras características del proyecto
a) La ayuda total en la sección A será la suma de la subvención y el importe nominal del préstamo;

b) la ayuda total en la sección B será la suma de la subvención y el equivalente de subvención bruta del préstamo.

La intensidad de ayuda se calculará como el cociente entre la ayuda total y el presupuesto financiable.

2. Se aplican los siguientes límites e intensidades máximas de ayuda a los proyectos presentados en la sección A en función de su ámbito:

a) Para proyectos en el ámbito incluido en el artículo 8.2.a).1.º, de producción de baterías destinadas al vehículo eléctrico, la intensidad de ayuda no podrá superar el 15 % de los costes subvencionables y el importe total de la ayuda no podrá superar los 150.000.000 de euros por empresa y Estado miembro.

No obstante, en zonas asistidas designadas en el Mapa de Ayudas Regionales 2022-2027 para España, de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE (zonas «c»), la intensidad de ayuda podrá incrementarse al 20 % de los costes subvencionables, el importe total de la ayuda podrá incrementarse hasta los 200.000.000 de euros por empresa y Estado miembro, de los que el importe de ayuda en forma de subvención podrá llegar a los 180.000.000 de euros.

Asimismo, en zonas asistidas designadas en el Mapa de Ayudas Regionales 2022-2027 para España, de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra a), del TFUE (zonas «a»), la intensidad de ayuda podrá incrementarse al 35 % de los costes subvencionables, el importe total de la ayuda podrá incrementarse hasta los 300.000.000 euros por empresa y Estado miembro, de los que el importe de ayuda en forma de subvención podrá llegar a los 200.000.000 de euros.

b) Para proyectos en el ámbito incluido en el artículo 8.2.a).2.º, destinados a la producción de componentes esenciales la intensidad de ayuda no podrá superar el 15 % de los costes subvencionables y el importe total de la ayuda no podrá superar los 100.000.000 euros por empresa y Estado miembro.

c) Para proyectos en el ámbito incluido en el artículo 8.2.a).3.º, destinados a la producción de materias primas fundamentales esenciales la intensidad de ayuda no podrá superar el 15 % de los costes subvencionables y el importe total de la ayuda no podrá superar los 25.000.000 de euros por empresa y Estado miembro.

d) En ningún caso la suma de las ayudas concedidas a una misma empresa o grupo empresarial en diferentes solicitudes para proyectos de la sección A podrá superar los límites establecidos en la sección 2.8, punto 85), letra g, del Marco Temporal de Crisis y Transición.

e) Cuando la ayuda se conceda exclusivamente en forma de préstamos, las intensidades de ayuda establecidas en este apartado, podrán incrementarse en 5 puntos porcentuales. En el caso de las inversiones realizadas por pequeñas empresas, las intensidades de ayuda podrán incrementarse en 20 puntos porcentuales y, en el caso de las inversiones realizadas por medianas empresas, las intensidades de ayuda podrán incrementarse en 10 puntos porcentuales."

Régimen convocatoria
concurrencia no competitiva

Periodos de ejecución
Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y podrá extenderse, o bien hasta cuarenta meses contados desde la fecha de resolución de la concesión; o bien hasta sesenta meses desde la misma fecha. Cada entidad solicitante deberá indicar explícitamente en su solicitud el plazo de realización de su plan de inversiones.

Convocatoria de ayudas de la sección A: El ámbito temporal para la concesión de estas ayudas abarca el año 2023.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 17/07/2023 - 15/09/2023

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: -----

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