Financiación

MIT-SPAIN " la Caixa" Foundation SEED FUND

Toda la información en el siguiente enlace.

Objeto
El Massachusetts Institute of Technology (MIT) tiene como objetivo promover el conocimiento y la investigación en ciencia, tecnología y otras áreas que sirvan para afrontar los grandes retos del siglo XXI. La Fundación Bancaria ”la Caixa”, conocedora del potencial del MIT, ha creado, en colaboración con esta institución, la convocatoria de proyectos MIT-SPAIN ”la Caixa” Foundation SEED FUND.

Beneficiarios
A través de una convocatoria de propuestas anual, el MIT-SPAIN ”la Caixa” Foundation SEED FUND proporciona ayudas con el objetivo de dar apoyo a proyectos de investigación desarrollados conjuntamente entre universidades y centros de investigación españoles y grupos de investigación del MIT.
La convocatoria pretende incrementar la colaboración entre profesores, investigadores y estudiantes de España y del MIT. Todas las universidades e instituciones de investigación sin ánimo de lucro españolas pueden participar en la convocatoria, en colaboración con uno o varios grupos de investigación del MIT.

Cuantía y otras características de los proyectos
Para la primera convocatoria de 2017, la ayuda máxima es de 30.000 $ por proyecto y deben centrarse en los siguientes ámbitos:
- Salud: cáncer, sida-VIH, enfermedades cardiovasculares, enfermedades neurodegenerativas, salud global y planetaria.
- Energía: nuevas fuentes de energía y energías renovables.
- Economía global: economía, ciencia y tecnología como herramientas para combatir la desigualdad social.
Si aún no tienes conexiones con el MIT, los siguientes enlaces le ayudarán a encontrar posibles socios para tu propuesta de proyecto: enlace 1 y enlace 2.

Plazo de presentación de solicitudes
La segunda convocatoria estará abierta desde el 21 de mayo de 2018 hasta el 17 de septiembre de 2018.

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Convocatoria 2018 de subvenciones para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior

Bases
Convocatoria
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Resumen Red CIDE
Anterior convocatoria, para comparación

Objeto
Esta convocatoria consta de dos programas:
Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior: Las ayudas se concentran en subvencionar las actividades que presuponen unos costes por pago de tasa en los respectivos países en función de unas cuantías de referencia que se establecen en la convocatoria para cada tipo de actividad realizada en un país o grupo de países, así como subvencionar la realización de la traducción al idioma del país en el que se realice la extensión.
Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas dirigido a estimular la protección nacional de la tecnología a través de patentes o modelos de utilidad con el fin de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y de las personas físicas, dichas ayudas se concentran en subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conllevan el pago de una tasa.

Beneficiarios
Programa para el Fomento de las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en el Exterior. El beneficiario es la persona con domicilio en España que reúna uno de los siguientes requisitos: a) sea una persona física, b) sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME), c) sea una gran empresa privada, d) sea una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público. El solicitante debe haber realizado directamente o a través de un representante tercero la solicitud de patente y/o modelo de utilidad en el extranjero, utilizando la vía nacional de los distintos países, la vía europea a través de lo previsto en el Convenio sobre la concesión de Patentes Europeas, o la vía del Tratado de Cooperación en materia de patentes siempre y cuando el derecho de prioridad unionista traiga causa de una solicitud de patente o modelo de utilidad presentada ante la OEPM, traiga causa de una solicitud internacional PCT presentada ante la OEPM, en calidad de Oficina Receptora o bien que se trate de dicha solicitud internacional PCT, o traiga causa de una solicitud de patente europea presentada en la OEPM o bien que se trate de dicha solicitud europea presentada en la OEPM.
Programa para el Fomento de las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad Españoles. El beneficiario es la persona con domicilio en España que reúna uno de los siguientes requisitos: a) Sea una persona física, b) Sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME) que haya realizado directamente o a través de un representante tercero alguna de las siguientes actividades: a) solicitud de un modelo de utilidad español b) la solicitud y la realización del Informe de búsqueda de anterioridades en el Estado de la Técnica (IET) para las solicitudes de patentes españolas c) la solicitud de una patente española prioritaria de una solicitud internacional PCT cuyo Informe de Búsqueda Internacional (IBI) se haya realizado con anterioridad al Informe sobre el Estado de la Técnica (IET).

Cuantía y otras características del proyecto
Programa para el Fomento de las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en el exterior.
Se asignarán unas cuantías de referencia, en función del país o grupo de países en que haya tenido lugar la actividad subvencionable y que se indican en el Anexo I de la convocatoria. La traducción de las memorias completas de las solicitudes de patentes o de modelos de utilidad se subvencionará por una cuantía de referencia de 700 euros por traducción de cada solicitud de patente traducida y presentada. Sólo se subvencionará una traducción por idioma y solicitud prioritaria. En ningún caso se subvencionará la traducción de la solicitud PCT para realizar la búsqueda internacional o el examen preliminar en una oficina distinta de la OEPM. La subvención no podrá superar el 80% de los importes señalados en el Anexo I y el 80% de la cantidad indicada para las traducciones. En caso de que el solicitante sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME) o sea una persona física, la subvención no podrá superar el 90% de dichos importes.
Programa para el Fomento de las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad Españoles.
A las actividades señaladas se les asignarán unas cuantías de referencia que se indican en el Anexo II de la presente convocatoria. La subvención no podrá superar el 90% de los importes señalados.

Plazo para presentar solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». En definitiva, 30/06/2017.

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Subvenciones a empresas de alta tecnología e intensivas en conocimiento en áreas prioritarias de las RIS3 (EATIC) anticipada de 2019

Bases
Modificación de las bases
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Convocatoria (convocan en tramitación anticipada para el ejercicio 2019)
Resumen Red CIDE
Información sobre la convocatoria anterior.
Interpretación de los criterios de valoración (16/05/2018)

Resolución de interpretación
Guía de tramitación de la solicitud
Plantilla Memoria Técnica
Información adicional Prioridades RIS3
Plantilla Documento FEDER
Abono Anticipado de Subvenciones modelo de Aval
Modelo de solicitud de Abono Anticipado
Modelo Declaración Empresa Vinculada/asociada
Guía de Justificación
Modelo de Memoria de Justificación

Objeto
Convocar subvenciones públicas a empresas de alta tecnología e intensivas en conocimiento para la realización de proyectos que utilicen el conocimiento de excelencia, los resultados de investigación y las capacidades existentes, en las áreas prioritarias de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias (RIS3), cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020. Los proyectos y costes subvencionables serán los recogidos en las bases reguladoras modificadas 4 y 5 respectivamente, estableciéndose un máximo de dos proyectos por empresa solicitante, incluyendo como gasto subvencionable los costes de personal necesarios para la ejecución de la operación (BOC nº 219, de 14 de noviembre de 2017).

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria de subvención, aquellas empresas que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud, tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias y cuenten con uno o más empleados a la fecha de solicitud y cumplan con lo establecido en la base reguladora 3 de esta convocatoria. Las empresas que se acojan a esta subvención no podrán superar durante cualquier período de tres ejercicios fiscales los 200.000 euros, o los 100.000 euros si se trata de ayudas de mínimis concedidas a una empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera. En cualquier caso, los beneficiarios deberán cumplir lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.

Cuantía y otras características de los proyectos
La cuantía mínima y máxima de subvención a conceder por proyecto subvencionado son 60.000 euros y 174.990 euros, respectivamente.

Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, expirando a las 14:00 horas del último día de dicho plazo. El extracto se ha publicado el día 7 de mayo de 2018. En definitiva, la convocatoria cierra el 28 de mayo a las 14:00.

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Programa FEDER INTERCONECTA para el año 2018

Bases
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Convocatoria
Resumen Red CIDE

Objeto
Los proyectos objeto de ayuda de la presente convocatoria serán proyectos de desarrollo experimental en la modalidad de proyectos en cooperación, con las características descritas en el artículo 2.m) de la Orden ECC/1780/2013, de 30 de septiembre.
Temáticas:
Las temáticas de los proyectos presentados deberán estar alineadas con las prioridades establecidas en los siguientes Retos Sociales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8. 2. c) de la Orden de bases reguladoras:

  • Salud, cambio demográfico y bienestar.
  • Seguridad y calidad alimentarias; actividad agraria productiva y sostenible, recursos naturales, investigación marina y marítima.
  • Energía, segura, eficiente y limpia.
  • Transporte inteligente, sostenible e integrado.
  • Acción sobre el cambio climático y eficiencia en la utilización de recursos y materias primas.
  • Cambios e innovaciones sociales.
  • Economía y sociedad digital.
  • Seguridad, protección y defensa.

Beneficiarios
Solo se financiarán aquellos proyectos que sean desarrollados en el ámbito geográfico de las siguientes Comunidades Autónomas: Andalucía, Castilla y León, Castilla La Mancha, Canarias, Extremadura y Murcia.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las agrupaciones de personas jurídicas definidas en el artículo 5.2 de la Orden de bases reguladoras, que puedan llevar a cabo los proyectos objeto de ayuda.
Las agrupaciones deberán estar constituidas únicamente por empresas, según la categoría de beneficiario de las previstas en el artículo 4, apartado a), punto 7º de la Orden de bases reguladoras.
Las agrupaciones deberán estar constituidas, como mínimo, por dos empresas autónomas entre sí, de las cuales al menos una de ellas ha de ser grande o mediana y otra ha de ser PYME, según la definición del artículo 2 de la Orden de bases. El número máximo de empresas integrantes de la agrupación será de seis.
Ninguna de las empresas autónomas de la agrupación, ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas, podrá superar el 70% del presupuesto financiable del proyecto.

Cuantía y otras características del proyecto
Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto financiable mínimo de 1.000.000,00 € y máximo de 4.000.000,00 €.
La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias. En todo caso el importe máximo de subvención será el siguiente:

  • 60% para empresas pequeñas
  • 50% para empresas medianas
  • 40% para empresas grandes

Los proyectos deberán ser plurianuales y parte del proyecto deberá realizarse en el año 2018. En todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2018. Los proyectos tendrán una duración de dos o tres años naturales, de forma que deberán finalizar el 31 de diciembre de 2019 o el 31 de diciembre de 2020.

Plazo de solicitud
La convocatoria se abrirá el 03/05/2018 y se cerrará el 05/06/2018.

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Subvenciones a proyectos de internacionalización de empresas canarias (Canarias Aporta)

Bases, según ORDEN de 28 de abril de 2016
Modificaciones de las bases, según ORDEN de 1 de marzo de 2018 (publicada el viernes 9 de marzo de 2018).
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Convocatoria
Resumen de la Red CIDE

Objeto
Subvenciones a la internacionalización de empresas canarias consistente en asesoramiento técnico especializado y financiación a proyectos de expansión empresarial en el exterior de las Islas Canarias, según la siguiente tipología:
1. Proyectos nuevos de internacionalización.
2. Proyectos que hubieran sido beneficiarios en anteriores convocatorias del programa Canarias Aporta.

Beneficiarios
Las pequeñas y medianas empresas canarias que realicen un proyecto de los indicados en la base sexta.
Asimismo, podrán acogerse las agrupaciones de pequeñas y medianas empresas canarias constituidas a través de cualquiera de las formas jurídicas admitidas por la normativa mercantil vigente. También podrán presentarse agrupaciones empresariales sin personalidad jurídica.
Las empresas referidas anteriormente deberán contar con, al menos, un año de constitución al momento de presentar la solicitud de subvención. Esta exigencia será de aplicación a las empresas que conforman la agrupación empresarial, pero no así a la estructura agrupada con la que se presentan al programa.

Cuantía y otras características de los proyectos
El importe que se destina a las subvenciones asciende a un total de 2.000.000 de euros. La cuantía máxima por proyecto subvencionada es de 80.000 euros. Gastos subvencionables computables desde 1 de enero de 2018 a 30 de noviembre de 2018.

Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Canarias. Día de la publicación: Martes 17 de abril de 2018.

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Ayudas para Estancias Breves en España y en el Extranjero 2018

Bases
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Convocatoria

Objeto
Las ayudas para la realización de estancias breves en España y en el extranjero tienen por objeto reforzar la formación científica y capacidad técnica, mediante su incorporación a un centro o grupo de investigación relevante vinculado al campo científico, técnico o artístico correspondiente al contenido de la tesis doctoral para la que se concedió la ayuda a la formación de personal investigador, o bien realizar actividades en laboratorios de investigación, para consulta de fondos bibliográficos o documentales de índole diversa, el aprendizaje de nuevas técnicas instrumentales y otros trabajos de campo.

Beneficiarios
Las personas solicitantes deberán ser beneficiarias en activo de ayudas para la formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias (Modalidad A).

Cuantía y otras características
El importe de la ayuda de alojamiento y manutención, como complemento de la dotación mensual, será de 25 euros por día de estancia en España y de hasta 60 euros por día de estancia en el extranjero, en función del país de destino, según el Anexo de esta Orden.
El importe de la ayuda de desplazamiento será:
a) Desplazamientos en España: 148,89 euros.
b) Desplazamientos en el extranjero: 437,33 euros, cuando el lugar de destino sea un país de Europa y 1.369,23 euros, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
El importe de la ayuda de asistencia sanitaria cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española o cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes, cubrirá un seguro de accidente y de asistencia médica durante el período de su estancia con un importe diario de 3,63 €.
Las estancias susceptibles de recibir esta subvención tendrán una duración mínima de dos meses y máxima de cuatro y no podrán tener fecha de comienzo anterior al 1 de diciembre de 2017 y deberán haber finalizado el 30 de noviembre de 2018, debiendo coincidir, salvo excepciones justificadas, con los periodos académicos y/o los de actividad ordinaria de los centros de destino. Excepcionalmente se podrán conceder estancias por un período inferior al mínimo establecido siempre que su finalidad quede debidamente justificada en el proyecto. Aquellas estancias de períodos cortos para una misma finalidad debidamente justificadas se podrán considerar como una única estancia, siempre que el cómputo total del periodo cumpla con lo establecidos en las bases reguladoras.
El número de ayudas a conceder estará limitada por la disponibilidad presupuestaria, en función de los importes de las solicitudes presentadas.

Plazo para presentar solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del extracto de la convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes expira a las 14.00 horas del último día del plazo.
Fecha de publicación del extracto de la convocatoria: lunes 9 de abril de 2018.

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