Financiación

Incorporación de personal innovador al tejido productivo (IPI) 2024

Bases
Modificaciones de las bases
Convocatoria
Extracto de la convocatoria
Base de Datos Nacional de Subvenciones
Web de la Consejería.

Incluida en el Mapa de ayudas I+D+i de la FCPCT ULPGC.

Propósito
Investigación y desarrollo, innovación, Contratación personal

Modalidad
Subvenciones

Región
Canaria

Ayuda
Incorporación de personal innovador al tejido productivo (IPI)

Objetivo
Subvenciones para la contratación de personal innovador que participe en la realización de un proyecto de innovación

Entidad convocante
Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, ACIISI

Beneficiarios
Empresas o clústeres que vayan a realizar un proyecto de innovación y que cumplan con:
a) Que vayan a realizar un proyecto de innovación.
b) No ser una sociedad pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias u otra Administración Pública.
c) Contar, al menos, con una persona trabajadora en plantilla.
d) Contar con un compromiso explícito en materia de igualdad entre mujeres y hombres que deberá constar por escrito, debiendo acreditarse la forma elegida para realizar su difusión a toda la plantilla."

Cuantía y otras características del proyecto
El importe del coste unitario por mes de contrato asciende a 2.288,23 euros.
La cuantía máxima de subvención por entidad beneficiaria es de 200.000,00 euros. El abono de la subvención se efectuará por anticipado, estando las entidades beneficiarias exentas de presentar garantías para el mismo.
Para proceder al abono de la subvención, las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación descrita en la base reguladora 8, en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde la firma del contrato. La entidad beneficiaria estará obligada a mantener el contrato del personal innovador en vigor, durante, al menos, seis meses, una vez finalizado el periodo subvencionable.

Régimen convocatoria
Concurrencia no competitiva. El plazo para resolver el procedimiento y notificar la resolución de concesión será de seis meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias (28/11/2023). Dicho plazo podrá ser suspendido conforme a la Ley reguladora del Procedimiento Administrativo Común. Se aprobará la resolución de concesión de las subvenciones sin realizar los trámites de resolución provisional y aceptación.

Periodos de ejecución
Periodo de ejecución mínimo de 12 meses y máximo de 18 meses, iniciándose el periodo subvencionable en la fecha de firma del contrato.
El plazo máximo para efectuar la contratación será de un mes contado a partir de la notificación de la concesión de subvención.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 01/02/2024 - hasta el agotamiento del crédito disponible o 31/03/2024.

C2: 01/06/2023 - 29/06/2023

C3: 17/09/2021 - 08/10/2021

C4: 17/9/2020 - 08/10/2020

C5: 24/09/2019 - 15/10/2019

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: 12/07/2023

C2: 09/02/2022 (PROV)
01/04/2022 (DEF)

C3: 05/04/2021 (PROV)
03/05/2021 (DEF)

C4: 18/02/2020 (PROV)
04/06/2020 (DEF)

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Impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado

Bases
Extracto de convocatoria
Convocatoria (línea A)

Propósito
Inversión en vehículo eléctrico.

Modalidad
subvenciones y préstamos.

Región
nacional.

Ayuda
Concesión de ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico del año 2023.

Objetivo
Ayudas a planes de inversión en la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado y ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico.

En el objeto de la ayuda se han distinguido, dentro de la cadena industrial del vehículo eléctrico, dos secciones diferenciadas: La primera, «sección A», que engloba la producción de baterías del vehículo eléctrico, sus componentes esenciales y la producción o recuperación de materias primas fundamentales necesarias; la segunda «sección B», que engloba el resto de la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado, sus sistemas, subsistemas y componentes, y ciertos sistemas de infraestructura auxiliares necesarios para su despliegue.

Entidad convocante
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Beneficiarios
Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta orden las sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial en alguno de los sectores recogidos para cada sección en el anexo I de esta orden, y que no formen parte del sector público.

Cuantía y otras características del proyecto
a) La ayuda total en la sección A será la suma de la subvención y el importe nominal del préstamo;

b) la ayuda total en la sección B será la suma de la subvención y el equivalente de subvención bruta del préstamo.

La intensidad de ayuda se calculará como el cociente entre la ayuda total y el presupuesto financiable.

2. Se aplican los siguientes límites e intensidades máximas de ayuda a los proyectos presentados en la sección A en función de su ámbito:

a) Para proyectos en el ámbito incluido en el artículo 8.2.a).1.º, de producción de baterías destinadas al vehículo eléctrico, la intensidad de ayuda no podrá superar el 15 % de los costes subvencionables y el importe total de la ayuda no podrá superar los 150.000.000 de euros por empresa y Estado miembro.

No obstante, en zonas asistidas designadas en el Mapa de Ayudas Regionales 2022-2027 para España, de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE (zonas «c»), la intensidad de ayuda podrá incrementarse al 20 % de los costes subvencionables, el importe total de la ayuda podrá incrementarse hasta los 200.000.000 de euros por empresa y Estado miembro, de los que el importe de ayuda en forma de subvención podrá llegar a los 180.000.000 de euros.

Asimismo, en zonas asistidas designadas en el Mapa de Ayudas Regionales 2022-2027 para España, de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra a), del TFUE (zonas «a»), la intensidad de ayuda podrá incrementarse al 35 % de los costes subvencionables, el importe total de la ayuda podrá incrementarse hasta los 300.000.000 euros por empresa y Estado miembro, de los que el importe de ayuda en forma de subvención podrá llegar a los 200.000.000 de euros.

b) Para proyectos en el ámbito incluido en el artículo 8.2.a).2.º, destinados a la producción de componentes esenciales la intensidad de ayuda no podrá superar el 15 % de los costes subvencionables y el importe total de la ayuda no podrá superar los 100.000.000 euros por empresa y Estado miembro.

c) Para proyectos en el ámbito incluido en el artículo 8.2.a).3.º, destinados a la producción de materias primas fundamentales esenciales la intensidad de ayuda no podrá superar el 15 % de los costes subvencionables y el importe total de la ayuda no podrá superar los 25.000.000 de euros por empresa y Estado miembro.

d) En ningún caso la suma de las ayudas concedidas a una misma empresa o grupo empresarial en diferentes solicitudes para proyectos de la sección A podrá superar los límites establecidos en la sección 2.8, punto 85), letra g, del Marco Temporal de Crisis y Transición.

e) Cuando la ayuda se conceda exclusivamente en forma de préstamos, las intensidades de ayuda establecidas en este apartado, podrán incrementarse en 5 puntos porcentuales. En el caso de las inversiones realizadas por pequeñas empresas, las intensidades de ayuda podrán incrementarse en 20 puntos porcentuales y, en el caso de las inversiones realizadas por medianas empresas, las intensidades de ayuda podrán incrementarse en 10 puntos porcentuales."

Régimen convocatoria
concurrencia no competitiva

Periodos de ejecución
Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y podrá extenderse, o bien hasta cuarenta meses contados desde la fecha de resolución de la concesión; o bien hasta sesenta meses desde la misma fecha. Cada entidad solicitante deberá indicar explícitamente en su solicitud el plazo de realización de su plan de inversiones.

Convocatoria de ayudas de la sección A: El ámbito temporal para la concesión de estas ayudas abarca el año 2023.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 17/07/2023 - 15/09/2023

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: -----

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Misiones de Ciencia e Innovación, iniciativa TransMisiones 2023

Bases.
Convocatoria.
Extracto.
Base de datos nacional de subvenciones.
Sede electrónica.

Propósito
Proyectos de I+D empresarial en cooperación.

Modalidad
Subvenciones.

Región
Nacional.

Ayuda
Misiones de Ciencia e Innovación “Iniciativa TransMisiones”.

Objetivo
La finalidad de esta convocatoria es dar respuesta a los desafíos identificados en las prioridades temáticas recogidas en el Anexo II (en adelante, misiones) mediante la financiación de proyectos de I+D ambiciosos.

La convocatoria financiará proyectos ejecutados en colaboración por agrupaciones de empresas (en adelante, agrupación CDTI) que se enmarquen en una actuación coordinada de I+D en el marco de la iniciativa TransMisiones 2023, en la que colaboran dos agrupaciones diferentes, una formada por empresas y otra formada por organismos de investigación y de difusión de conocimiento (en adelante, agrupación AEI).

Entidad convocante
Ministerio de Ciencia e Innovación, CDTI.

Beneficiarios
a) Empresas, entendiendo como tales a todas aquellas entidades que ejerzan una actividad económica, independientemente de su forma jurídica y de su financiación.
b) Organismos públicos de investigación.
c) Universidades públicas y sus institutos universitarios.
d) Institutos de investigación sanitaria acreditados.
e) Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros.

Las agrupaciones CDTI estarán constituidas por empresas. Cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de tres y un máximo de ocho empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas entre sí. La empresa representante de la agrupación CDTI deberá tener la consideración de gran empresa o mediana, y, al menos, uno de los socios deberá ser una pequeña o mediana empresa (pyme).

Cuantía y otras características del proyecto
Para que un proyecto presentado por una agrupación CDTI obtenga financiación en esta convocatoria será requisito imprescindible que el proyecto presentado por la agrupación Agencia Estatal de Investigación (en adelante AEI), que forma parte de la actuación coordinada de I+D, obtenga, a su vez, financiación por parte de la AEI en la convocatoria 2023 ayudas a proyectos de investigación en líneas estratégicas en colaboración entre organismos de investigación y difusión de conocimientos en el marco de la "Iniciativa TransMisiones 2023".

Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 3.000.000 euros y un presupuesto elegible máximo de 10.000.000 euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 euros.

Peso de las actividades de investigación industrial: el porcentaje en el presupuesto elegible deberá ser, al menos, del 5%.

El límite de intensidad de ayuda para cada proyecto y beneficiario será una media ponderada en función del reparto de presupuesto entre cada tipo de actividad (investigación industrial o desarrollo experimental) y la intensidad máxima de ayuda que corresponda al beneficiario y a la actividad.

Investigación industrial:
Pequeña empresa 70%
Mediana empresa 60%
Gran empresa 50%
Si existe: a) Colaboración con empresas o entre una empresa y un organismo de investigación, o b) amplia difusión de los resultados.
Pequeña empresa 80%
Mediana empresa 75%
Gran empresa 65%

Desarrollo experimental
Pequeña empresa 45%
Mediana empresa 35%
Gran empresa 25%
Si existe: a) Colaboración con empresas o entre una empresa y un organismo de investigación, o b) amplia difusión de los resultados.
Pequeña empresa 60%
Mediana empresa 50%
Gran empresa 40%

Régimen convocatoria
Concurrencia competitiva.

Periodos de ejecución
Los proyectos tendrán una duración de 3 o 4 años. La fecha de inicio de los mismos será el 1 de enero de 2024.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 03/07/2023 - 28/07/2023

C2: 21/06/2022 - 05/09/2022

C3: 27/07/2021 - 06/09/2021

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: ----

C2: (PROV) 01/12/2022 - (DEF) 30/12/2022

C3: (PROV) 07/12/2021 - (DEF) 28/12/2021

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Subvenciones para el impulso de proyectos de innovación disruptiva en Canarias

Bases.
Convocatoria.
Extracto.
Base de datos nacional de subvenciones.
Sede electrónica.

Propósito
Transferencia de tecnología, desarrollo de empresas emergentes

Modalidad
Subvención

Región
Canarias

Ayuda
Subvenciones para el impulso de proyectos de innovación disruptiva en Canarias (llamada Canarias Stars en 2022)

Objetivo
Se establecen tres tipos de actuaciones subvencionables:
a) Actuaciones tipo A. Actuaciones de apoyo y asesoramiento a empresas emergentes canarias dirigidas a fomentar y promover proyectos de innovación disruptiva, tanto desde el punto de vista de incubación como de aceleración, así como aquellas actuaciones que promuevan la participación de dichas empresas en proyectos nacionales, europeos e internacionales que les permitan el acceso a recursos que son necesarios para desarrollar dichos proyectos.
b) Actuaciones tipo B. Incluye proyectos de innovación disruptiva a desarrollar por empresas emergentes canarias. En ningún caso serán subvencionables las actuaciones rutinarias definidas en la base reguladora 2.d).
c) Actuaciones tipo C. Actuaciones de apoyo a procesos de transferencia de conocimiento y tecnología, y de demanda de innovación en empresas canarias, a través de colaboraciones externas con empresas emergentes y agentes de conocimiento en el ámbito regional, nacional o internacional, siguiendo modelos de innovación abierta.

Entidad convocante
Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

Beneficiarios
En las actuaciones tipos A y C, podrán ser entidades beneficiarias aquellas entidades públicas o privadas, cuyo objeto social comprenda expresamente el desarrollo de actividades propias de agentes de apoyo a la innovación, facilitadoras de servicios que promuevan la cultura innovadora en el ámbito del tejido empresarial, impulsen la actividad emprendedora.

En las actuaciones tipo B, podrán ser entidades beneficiarias empresas canarias emergentes que pretendan llevar a cabo un proyecto de innovación disruptiva.

Cuantía y otras características del proyecto
La intensidad de la ayuda será del 100% del gasto elegible, siempre que los límites máximo y mínimo de la subvención por proyecto lo permitan. En el caso de que la dotación presupuestaria no permita la concesión del 100% de la ayuda a la entidad solicitante donde se agotaría la dotación, no se le podrá conceder parcialmente. Los límites mínimo y máximo de la subvención a conceder por proyecto son 30.000 y 120.000 euros, para actuaciones tipos A y C, y entre 25.000 y 50.000 euros para actuaciones tipo B.

Gastos subvencionables:

Actuaciones tipo A y C:
a) Gastos del personal propio vinculado a la actuación o proyecto durante su desarrollo.
b) Gastos de viajes (desplazamiento y alojamiento). El importe máximo a subvencionar en este concepto será 10.000,00 euros.
c) Colaboraciones externas y consultorías.
d) Informe de Auditoría.

Actuaciones tipo B:
a) Activos fijos nuevos, que no tengan el carácter de reposición.
b) Inversiones inmateriales.
c) Colaboraciones externas.
d) Informe de Auditoría.
e) Gastos de personal propio vinculado a la actuación o proyecto durante su desarrollo.
f) Gastos de viajes (desplazamiento y alojamiento). El importe máximo a subvencionar en este concepto será 6.000,00 euros.

Régimen convocatoria
Régimen de concurrencia no competitiva. Ayudas de minimis.

Periodos de ejecución
El inicio del plazo para realizar la actividad y para considerar los gastos subvencionables se podrá computar desde el 1 de enero del año a que corresponda la convocatoria. La duración máxima del plazo de ejecución será de doce meses.

Plazo para presentar solicitudes
C1: El plazo de presentación de solicitudes estará abierto de forma continuada desde el día siguiente de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias hasta el agotamiento del crédito disponible o, en caso de que esto no ocurra, hasta las 14:00 h del día 15 de octubre de 2023.

C2: 06/10/2022 - 28/10/2022

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: ---

C2: (PROV) 29/11/2022 ; (DEF) 16/12/2022

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"Programa Misiones de Ciencia e Innovación" vinculadas al PERTE de microelectrónica y semiconductores 2023

Bases.
Convocatoria.
Extracto.
Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Sede electrónica.

Propósito
Investigación industrial y desarrollo

Modalidad
Subvención

Región
Nacional

Ayuda
Programa Misiones de Ciencia e Innovación, vinculado al PERTE de microelectrónica y semiconductores

Objetivo
Proyectos de I+D empresarial en cooperación. El peso de las actividades de investigación industrial: el porcentaje en el presupuesto elegible deberá ser superior al 35%

Entidad convocante
Ministerio de Ciencia e Innovación.

Beneficiarios
Agrupaciones de personas jurídicas que puedan llevar a cabo proyectos en cooperación.
Las agrupaciones deberán estar constituidas por empresas, siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y residencia fiscal en España.
Cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de dos y un máximo de ocho empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas entre sí. La empresa representante de la agrupación, en los términos del artículo 3 de esta convocatoria, podrá ser una gran empresa o una PYME.

Cuantía y otras características del proyecto
Los proyectos presentados deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 3.000.000 euros y máximo de 15.000.000 euros.
Se podrán financiar los siguientes costes directos de ejecución: costes de personal, costes de instrumental y material inventariable, costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

Régimen convocatoria
concurrencia competitiva

Periodos de ejecución
Los proyectos deberán tener una distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto, ser plurianuales y parte de este deberá realizarse en el año 2023. En todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2023. Los proyectos deberán finalizar el 30 de septiembre de 2025.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 05/05/2023 - 17/07/2022

C2: 22/06/2022 - 05/09/2022 (Programa de Misiones de Ciencia e Innovación, 2022)

C3: 27/07/2021 - 06/09/2021 (Programa de Misiones de Ciencia e Innovación, 2021)

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: ----

C2: (PROV) 01/12/2022 / (DEF) 30/12/2022

C3: (PROV) 07/12/2021 / (DEF) 28/12/2021

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Subvenciones para proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias

Bases y Convocatoria
Extracto
EXTRACTO de la Orden de 20 de junio de 2023, por la que se incrementa el crédito.
Enlace a la sede electrónica.
Preguntas frecuentes.
Seminario web explicativo.

Base de datos nacional de subvenciones.

Propósito
Modalidad A: Creación de empresas
Modalidad B: Mejora y crecimiento de empresas

Modalidad
Subvenciones

Ayuda
Subvenciones para proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias (Modalidad A. Apoyo a la creación de nuevas pymes)

Subvenciones para proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias (Modalidade B. Consolidación de las pymes existentes, mediante proyectos destinados a realizar mejoras productivas, innovadoras y organizativas de las empresas que sean necesarias a tal fin)

Objetivo
Estas subvenciones tienen como finalidad la reactivación económica de las pequeñas y medianas empresas de Canarias mediante el apoyo a la creación de nuevas empresas y la consolidación de las existentes, mediante proyectos destinados a realizar mejoras productivas, innovadoras y organizativas, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de la COVID-19. Proyectos Subvencionables: Apoyo a la creación de nuevas pymes.
Podrán ser objeto de subvención los proyectos de inversión destinados a la actividad de industria, construcción, turismo, comercio, transportes y de servicios en general.

Entidad convocante
Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

Beneficiarios
Podrán acogerse a estas subvenciones: las pequeñas y medianas empresas (persona física o jurídica) que realicen un proyecto de los indicados en la base sexta en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En el caso de proyectos del tipo A) Apoyo a la creación de nuevas pymes, las personas físicas o jurídicas contarán con alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) efectuada entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022 o, en caso de estar exentos del mismo, modelo de declaración censal de alta.

Cuantía y otras características del proyecto
Los gastos subvencionables han de ascender como mínimo a 10.000 euros.

Se podrán financiar los siguientes tipos de gastos (modalidades A y B.1):
a) Gastos de constitución y primer establecimiento. Se entenderá por gastos de constitución y primer establecimiento los siguientes: honorarios de notarios y registradores; diseño de imagen corporativa; adquisición de derechos de marca pagados ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, nombre comercial. Se establece un límite global de 6.000 euros en este epígrafe.
b) Bienes de equipo, entendiéndose por tales el equipamiento necesario para desarrollar la actividad, incluido mobiliario y equipos de oficina. Se recogerá y describirá expresamente en este epígrafe el equipamiento de tecnología innovadora que suponga bienes específicos de última generación en los procesos propios de la actividad de la empresa.
c) Inversiones inmateriales: software.
d) Acondicionamiento de local. Se entenderá por gastos de acondicionamiento del local: las reformas necesarias para la apertura y funcionamiento del local afecto al domicilio de la actividad de la empresa, incluidos el diseño del establecimiento, fachadas que cumplan los requisitos pertinentes y los rótulos de establecimientos, instalaciones energéticas, eléctricas, de agua y aire. Deberán especificarse en la factura justificativa los materiales, obras y servicios prestados y el domicilio de realización de la obra o servicio. Se establece un límite global de 18.000 euros en este epígrafe y un mínimo de 50 euros por factura.

(en la modalidad B.2) e) Inversiones materiales o inmateriales que no tengan el carácter de reposición y excluyendo la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, los gastos de mobiliario, el equipamiento de oficina y los medios de transporte.
(en la modalidad B.2 y B.3) f) Colaboraciones externas tales como asistencia técnica, gastos externos de consultoría y tutorización, así como costes de servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación relacionados con los proyectos incluyendo, entre otros los costes asociados a la obtención y validación de patentes y otros derechos de propiedad industrial.
Podrá ser objeto de subcontratación el 100% de la actividad subvencionada.

El importe de la subvención por proyecto se calculará aplicando un porcentaje del 35 por ciento sobre los costes subvencionables. Este porcentaje se incrementará de la siguiente forma:
a) Si el proyecto se realiza en zona prioritaria (La Palma, La Gomera, El Hierro, Lanzarote, Fuerteventura y La Graciosa), se incrementará un 7%, entendiendo por zona prioritaria la ubicación donde se desarrolla la actividad objeto de subvención.
b) Si la persona o empresa el solicitante reúne al menos uno de los requisitos que se indican a continuación, se incrementará un 3%:
i) Ser mujer (autónoma) y en caso de persona jurídica, que el cincuenta por ciento o más del capital social esté en manos de mujeres y/o la representante sea una mujer.
ii) Tener discapacidad acreditada de al menos el 33 por ciento la persona o empresa solicitante, los representantes, las personas socias y/o las personas empleadas por cuenta ajena.

El límite máximo de subvención será de 60.000 euros.

El abono de las subvenciones se realizará previa justificación de los requisitos exigidos en las presentes bases.

Régimen convocatoria
Concurrencia no competitiva. Ayuda afectada por regla de mínimis.

Periodos de ejecución
El plazo para realizar la actividad y para considerar los gastos subvencionables se computará desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 13/04/2023 - 04/05/2023
C2: 25/06/2020 - 24/07/2020
C3: 22/02/2019 - 14/03/2019

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: -----
C2: 18/12/2020 (DEF 1er procedimiento)
29/12/2020 (DEF 2º procedimiento)
C3: 01/08/2019 (PROV)
23/08/2019 (DEF)

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