Financiación

Programa de cooperación bilateral con seguimiento unilateral

Beneficiarios
El programa está destinado a proyectos de I+D+i transnacionales orientados a mercado entre empresas españolas y entidades (empresas, centros de investigación, universidades u organizaciones activas en I+D) de los siguientes países:
Argelia, Argentina, Australia, Bangladesh, Brasil, Camboya, Chile, China, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Egipto, India, Indonesia, Filipinas, Japón, Laos, Líbano, Malasia, México, Marruecos, Myanmar, Pakistán, Perú, Singapur, Sri Lanka, Taiwán, Tailandia, Túnez, EEUU y Vietnam.

Características de los proyectos
Criterio mínimo de elegibilidad: un socio cualificado de cada uno de los países (1 empresa española + 1 entidad extranjera - empresa, centro de investigación, universidad u organización activa en I+D).
Carácter innovador del proyecto; que suponga la creación o mejora significativa de un producto, proceso o servicio orientado a mercado.
La duración del proyecto podrá ser de 1 a 3 años.
La cooperación tecnológica ha de ser efectiva entre ambos países (todos los socios de manera equilibrada añaden valor dentro del proyecto).

Fecha de corte para evaluación de propuestas
23 de octubre de 2017.

Modalidad y cuantía de la financiación
Los proyectos de I+D presentados, podrán financiarse mediante una de las dos siguientes opciones:
Mediante la Convocatoria de subvenciones INNOGLOBAL, en donde se financiarán aquellos proyectos que cumplan con los requisitos de dicha convocatoria, mediante concurrencia competitiva.
También podrán ser apoyados financieramente en base a una Ayuda Parcialmente Reembolsable con las condiciones de los proyectos de I+D de Cooperación Internacional de CDTI, similares a las de los proyectos enmarcados en los Programas Multilaterales y Bilaterales vigentes. Una cobertura financiera de hasta el 75% del presupuesto total aprobado, pudiendo excepcionalmente alcanzar el 85%, con un tramo reembolsable y un tramo no reembolsable del 33%.

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Subvenciones para contratos de jóvenes, para empresas de cualquier sector para Actividades de Marketing digital y de intermediación y orientación laboral

Bases
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Convocatoria

Objeto
El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones en concepto de ayudas dirigidas a la contratación de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años que cumplan los requisitos del sistema de Garantía Juvenil y no tengan ninguna ocupación laboral.
La actividad objeto de ayuda es la contratación de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Se entiende por personal a contratar aquellos jóvenes que cumplan con los siguientes requisitos:
Encontrarse Inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
Estar empadronados en el ámbito geográfico de la Comunidad de Canarias.
Haber participado en una acción formativa desarrollado por EOI en el marco del programa del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las empresas de cualquier sector para Actividades de Marketing digital y de intermediación y orientación laboral, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.), con sede o centro de trabajo ubicado en la Comunidad Autónoma de Canarias, que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos, realicen contratación de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Cuantía
La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en cinco mil euros (5.000,00 €) por contrato, no pudiendo superar este importe el 90% del coste laboral total del contratado que sea subvencionable.
A estos efectos no se considerarán subvencionables las horas extraordinarias, incentivos, primas o gratificaciones voluntarias, o cualquier otra indemnización no prevista en la legislación laboral. Tampoco se considerarán subvencionables los kilómetros y las dietas, la ropa de trabajo, las remuneraciones en especie, el pago de vacaciones no disfrutadas, las ausencias, las incapacidades temporales, ni las situaciones recogidas en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, ni ningún tipo de indemnización, por extinción del contrato, de las previstas en el Estatuto de los Trabajadores.

Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE hasta el 11 de septiembre de 2017.

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Subvenciones para contratos de jóvenes para Actividades de marketing digital, programación web, animación y postproducción digital, desarrollo de aplicaciones móviles y ventas

Bases
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Convocatoria

Objeto
El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones en concepto de ayudas dirigidas a la contratación de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años que cumplan los requisitos del sistema de Garantía Juvenil y no tengan ninguna ocupación laboral.
La actividad objeto de ayuda es la contratación de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Se entiende por personal a contratar aquellos jóvenes que cumplan con los siguientes requisitos:
Encontrarse Inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
Estar empadronados en el ámbito geográfico de la Comunidad de CANARIAS.
Haber participado en una acción formativa desarrollado por EOI en el marco del programa del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las empresas de cualquier sector para Actividades de Marketing digital, Programación WEB, Animación y postproducción Digital, Desarrollo de aplicaciones móviles y Ventas, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.), con sede o centro de trabajo ubicado en la Comunidad Autónoma de CANARIAS, que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos, realicen contratación de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Cuantía
La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en CINCO MIL EUROS (5.000,00 €) por contrato, no pudiendo superar este importe el 90% del coste laboral total del contratado que sea subvencionable.
A estos efectos no se considerarán subvencionables las horas extraordinarias, incentivos, primas o gratificaciones voluntarias, o cualquier otra indemnización no prevista en la legislación laboral. Tampoco se considerarán subvencionables los kilómetros y las dietas, la ropa de trabajo, las remuneraciones en especie, el pago de vacaciones no disfrutadas, las ausencias, las incapacidades temporales, ni las situaciones recogidas en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, ni ningún tipo de indemnización, por extinción del contrato, de las previstas en el Estatuto de los Trabajadores.

Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE hasta el 11 de septiembre de 2017.

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Ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D

Bases
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Convocatoria

Objeto
Mediante esta convocatoria se conceden ayudas cuyo objeto es la financiación de estancias en el año 2018, que realicen investigadores en formación que estén disfrutando una ayuda para la formación del personal investigador, en Centros de I+D diferentes a los que estén adscritos con el fin de que dicho personal pueda realizar actividades beneficiosas para mejorar su formación así como impulsar el desarrollo de su tesis.
Las estancias se podrán realizar en centros de I+D, públicos o privados, incluyendo empresas, extranjeros o españoles, siempre que los centros estén ubicados en una localidad distinta a la del centro en que se desarrolla la actividad.
Las estancias que se soliciten tendrán una duración mínima de dos meses y máxima de cuatro meses, desarrollándose en un único periodo y dentro del año 2018. Las estancias podrán disfrutarse únicamente durante la vigencia de la ayuda para la formación del personal investigador, excluyéndose los periodos no recuperables establecidos en las correspondientes convocatorias de aplicación.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los centros de I+D de adscripción del personal investigador en formación de las convocatorias 2012, 2013 y 2014 de ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores y de anteriores convocatorias de las ayudas para la formación de personal investigador en el marco del Subprograma FPI, del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad. Dentro de las ayudas para contratos predoctorales, en el caso de las ayudas "Severo Ochoa" para la formación de doctores en los Centros/Unidades de Excelencia Severo Ochoa, únicamente se incluye la convocatoria 2013.
Los beneficiarios deberán cumplir, igualmente, los demás requisitos establecidos en el artículo 3 de la resolución de convocatoria.

Cuantía
La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas de esta convocatoria será de 2.000.000 euros, con cargo al presupuesto de la Agencia Estatal de Investigación para el año 2018.
Las ayudas comprenderán los siguientes conceptos: la ayuda para la estancia, destinada a gastos de alojamiento y manutención, y la ayuda para el viaje, destinada a gastos de locomoción, seguro de accidentes y, en los casos que proceda, seguro médico y visado.
El importe de la ayuda para la estancia, destinada a gastos de alojamiento y manutención, será:
a) En España: 25 euros por día de estancia en el centro.
b) En el extranjero: en función del país de destino, de acuerdo con el anexo de la resolución de convocatoria.
El importe de la ayuda para el viaje, destinada a gastos de locomoción, seguro de accidentes y, en los casos que proceda, seguro médico y visado, será de:
a) Hasta 150 euros para desplazamientos cuando el lugar de destino de la estancia se ubique en España.
b) En el caso de desplazamientos para estancias en el extranjero, hasta 450 euros cuando el lugar de destino sea un país de Europa y hasta 1.000 euros cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.

Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes de participación serán presentadas por los Centros de I+D de adscripción del personal investigador en formación. Previamente a la presentación de la solicitud, el investigador en formación realizará la cumplimentación del formulario electrónico de solicitud. Ambos procedimientos se realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 12 de septiembre de 2017 al 26 de septiembre de 2017 a las 15:00 horas (hora peninsular española).
Sin perjuicio de lo anterior, el plazo para la cumplimentación y firma por los investigadores del formulario electrónico de solicitud será del 12 de septiembre de 2017 al 21 de septiembre de 2017 a las 15:00 horas (hora peninsular española).

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Ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de la industria española en el marco del proyecto "Programa de Crecimiento Empresarial"

Bases
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Convocatoria

Objeto
El objeto que se pretende con estas ayudas es impulsar el crecimiento de la industria española, a través de las empresas industriales con fabricación en España.
La ayuda en especie objeto de las bases reguladoras será la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria, la elaboración de un plan de asesoramiento temático, así como el seguimiento del plan. El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias, y contará con 50 horas de asesoramiento individualizado. Dicho asesoramiento tendrá la condición de ayudas en especie.
La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios: Diagnóstico previo de la situación de partida de la empresa y un análisis interno de la organización y del negocio, Plan de Asesoramiento personalizado, Seguimiento y evaluación del Plan de Asesoramiento y Visitas necesarias a las instalaciones de la industria beneficiaria (2 en la fase de diagnóstico y 2 en el asesoramiento temático).

Beneficiarios
Podrán tener la condición de empresas beneficiarias de toda España, las PYME, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc. ) que, en su condición de tales, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en estas bases, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva siempre que su objeto social se refiera a actividades encuadradas en la Sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril («BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2007).
Serán consideradas PYME, aquellas empresas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

Cuantía
El precio del servicio objeto de ayuda es de seis mil cuatrocientos noventa y siete euros con veintinueve céntimos de euro (6.497,29 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.
La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía de cinco mil quinientos veintidós euros con setenta céntimos de euro (5.522,70 €), impuestos incluidos, por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento permitido (50 horas).
La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando de novecientos setenta y cuatro euros con cincuenta y nueve céntimos de euro (974,59 €), impuestos incluidos. La empresa beneficiaria abonará el importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. La emisión de la factura se realizará a la finalización del asesoramiento.

Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE hasta el 22 de septiembre de 2017.

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Ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del Proyecto "Industria Conectada 4.0"

Bases
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Convocatoria
Modificación

Objeto
El objeto que se pretende con estas ayudas es impulsar la transformación digital de la industria española a través de las empresas industriales.
Las ayudas en especie objeto de esta convocatoria consisten en la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria y la elaboración de un plan de transformación digital. El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias y la realización de talleres temáticos y demostrativos de apoyo al asesoramiento, con un mínimo de 50 horas de asesoramiento individualizado. Dicho asesoramiento tendrá la condición de ayudas en especie.

Beneficiarios
Empresas con centro productivo en Canarias, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.) que, en su condición de tales, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva si su objeto social se refiere a actividades encuadradas en la Sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.

Cuantía
El precio del servicio objeto de ayuda es de diez mil cuatrocientos euros (10.400,00 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.
La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de ocho mil cuatrocientos euros (8.400,00 €) por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.
La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando dos mil euros (2.000,00 €). Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20% del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del asesoramiento.
La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.

Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE hasta el 22 de septiembre de 2017.

Ampliación del plazo de presentación de solicitudes
En aras de una mayor participación de los beneficiarios, se acuerda modificar el plazo de presentación de solicitudes, ampliándolo hasta el 29 de septiembre de 2017, de la Resolución de 24 de agosto de 2017 por la que se convoca la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del Proyecto "Industria Conectada 4.0". (ACTIVAINDUSTRIA20170824_CANARIAS. BOE Núm. 207 de 29 de agosto de 2017. Sec. V-B. Pág. 61511. ID BDNS 360293).

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