Financiación

Proyectos de I+D+i «Programación Conjunta Internacional»

Bases
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Convocatoria

Objeto
La presente resolución tiene por objeto la concesión de ayudas a proyectos de investigación de dimensión europea o internacional, financiando la parte española de proyectos colaborativos que hayan concurrido con éxito a convocatorias transnacionales conjuntas en las que participa el ministerio en áreas temáticas específicas y que demuestren excelencia científica y un valor añadido de la colaboración internacional a la hora de enfrentarse a los retos de la sociedad.

Beneficiarios
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España:

  • Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley de la Ciencia.
  • Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  • Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria, y normas complementarias.
  • Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros.

Las entidades beneficiarias deberán ajustarse a la definición de «organismo de investigación» establecida en la sección 1.3.ee) de la Comunicación de la Comisión sobre el Marco sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01), publicado en el «Diario Oficial de la Unión Europea» C 198, de 27 de junio de 2014.

Cuantía y otras características de los proyectos
Las ayudas de esta actuación consistirán en subvenciones y podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas. Su cuantía se determinará en cada caso en función del coste financiable real de la actuación, a tenor de sus objetivos, necesidades y duración, y de las disponibilidades presupuestarias.

La cuantía máxima destinada a financiar estas ayudas será de 11.500.000,00 €, con cargo al presupuesto de gastos de la Agencia Estatal de Investigación.

El presupuesto de las ayudas financiará gastos de personal, material inventariable y fungible, gastos de viajes, publicaciones científicas, patentes y otros gastos directamente relacionados con el proyecto, en las condiciones detalladas en el artículo 9 de la resolución de convocatoria.

Las actuaciones subvencionadas serán ejecutadas por equipos de investigación dirigidos por un investigador principal. El investigador principal y los componentes del equipo de investigación serán los principales responsables de los objetivos y tareas a desarrollar en el proyecto.

Los requisitos y el régimen de compatibilidad y dedicación del investigador principal y del resto de los componentes del equipo de investigación deberán cumplirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha final del plazo solicitado de ejecución de la actuación.

Plazo para presentar solicitudes
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá hacerse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica de I+D+i del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Habrá un único plazo de presentación de solicitudes, desde el 31 de julio de 2018 hasta el 11 de septiembre de 2018, a las 15:00 horas (hora peninsular española).

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Ayudas del programa predoctoral de formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias en tramitación anticipada para el ejercicio 2019

Bases
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Convocatoria
Sede electrónica

Objeto
Convocar en régimen de concurrencia competitiva y con carácter anticipado para el ejercicio 2019 subvenciones destinadas a la formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias (Modalidad A), cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE), eje 3, prioridad de inversión 10.2, objetivo específico 10.2.1, con una tasa de cofinanciación del 85% del Programa Operativo FSE de Canarias 2014-2020, en el marco de las bases reguladoras aprobadas por Orden núm. 208, de 2 de diciembre de 2016 del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento (BOC núm. 240, de 14 de diciembre de 2016).
En concreto, las ayudas cubrirán todos los gastos de la suscripción de un contrato predoctoral durante la totalidad del periodo de disfrute de las mismas. El contrato tendrá por objeto la realización de tareas de investigación en el ámbito de un programa oficial de doctorado en régimen de dedicación a tiempo completo.

Beneficiarios
Los solicitantes deberán cumplir además de las condiciones establecidos en la base 26 de las bases reguladoras los siguientes requisitos:
a. Contar con un expediente académico con una nota media mínima para cada nivel de titulación de los estudios que le dan acceso a su programa de doctorado igual o superior a seis.
b. No haber finalizado los estudios que le dan acceso al programa de doctorado con anterioridad al 1 de enero de 2014.
c. Para los solicitantes que posean una discapacidad igual o superior al 50 por ciento, el periodo de finalización de estudios precedentes quedará ampliado en dos años.
d. No obstante, la fecha de terminación de los estudios indicados en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2014 pero posterior al 1 de enero de 2009, para los/as licenciados/as o graduados/as en medicina, farmacia, biología, química y psicología que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, estén en posesión del título oficial de especialidad médica (MIR) o farmacéutica (FIR) o cuenten con el certificado oficial de especialidad en biología (BIR), química (QUIR) o psicología (PIR).
e. Para los solicitantes que mientras han estado cursando los estudios que le dan acceso a su programa de doctorado, se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años la fecha de terminación de los estudios indicados en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2014 pero posterior al 1 de enero de 2009. Este requisito deberá acreditarse con una declaración jurada de la persona solicitante acompañada de la partida de nacimiento de los hijos menores correspondientes.

Cuantía y otras características de los proyectos
Las ayudas cubrirán todos los gastos de la suscripción de un contrato predoctoral durante la totalidad del periodo de disfrute de las mismas. La retribución bruta que deberá recibir la persona investigadora será de 16.422,00 euros anuales, distribuida en doce o catorce mensualidades según lo que establezca la normativa del centro de adscripción.
Se convocan un máximo de 30 ayudas, que serán distribuidas de la siguiente manera:
Artes y humanidades: 6 ayudas
Ciencias: 6 ayudas
Ciencias de la Salud: 6 ayudas
Ingeniería y Arquitectura: 6 ayudas
Ciencias Sociales y Jurídicas: 6 ayudas

Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 2 de octubre y finalizará el 23 de octubre de 2018. El plazo de presentación de las solicitudes expira a las 14.00 horas del último día del plazo.

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Acciones de dinamización «Europa Excelencia», Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020

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Convocatoria

Objeto
La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de ayudas correspondientes al año 2018 para las acciones de dinamización «Europa Excelencia» del Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, incluido en el Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i, en el marco del Plan Estatal de I+D+i 2017-2020.
Las acciones de dinamización «Europa Excelencia» tienen como objetivo potenciar la participación española en los subprogramas «Starting Grants» y «Consolidator Grants», enmarcados en el Pilar 1 «Ciencia Excelente» del Programa Marco de la Unión Europea Horizonte 2020 y gestionados por la Agencia Europea del Consejo Europeo de Investigación (ERCEA, en su sigla en inglés). Se trata de proyectos de investigación científico-técnica relacionados con los objetivos de las propuestas remitidas y evaluadas positivamente y consideradas elegibles por el Consejo Europeo de Investigación, pero que por razones presupuestarias no han podido ser finalmente financiadas por dicho organismo.
Los requisitos y el régimen de compatibilidad y dedicación del investigador principal y del resto de los componentes del equipo de investigación deberán cumplirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución del proyecto.

Beneficiarios
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España:

  • Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley de la Ciencia.
  • Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  • Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria, y normas complementarias.
  • Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros.

Cuantía y otras características de los proyectos
Las ayudas podrán financiar total o parcialmente los gastos elegibles en las propuestas presentadas. Su cuantía individual se determinará en cada caso en función de las disponibilidades presupuestarias y en ningún caso será superior a 75.000 €.
El presupuesto de las ayudas financiará gastos de personal, material inventariable y fungible, gastos de viajes, publicaciones científicas, patentes y otros gastos directamente relacionados con el proyecto, en las condiciones detalladas en el artículo 8 de la resolución de convocatoria.

Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 16 al 26 de julio de 2018 a las 15:00 horas (hora peninsular).
Las solicitudes de participación serán presentadas por los candidatos, de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 14 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá hacerse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

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Incorporación de personal innovador al tejido productivo 2019 (IPI 2019)

Bases
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Convocatoria

Objeto
El objeto de la subvención es la incorporación de personal innovador al tejido productivo canario, para que personas con la titulación adecuada puedan participar como tecnólogos en actividades de I+D+i desarrolladas por las entidades que lo conforman. Los conceptos financiables serán los gastos derivados de la contratación, de acuerdo con la normativa laboral vigente, de personal innovador para la realización de actividades de I+D+i, establecidas en la base reguladora 2. Este coste incluye la retribución bruta y la cuota empresarial a la Seguridad Social percibidas durante el periodo de ejecución de la ayuda.

Beneficiarios
Podrán acogerse a las subvenciones reguladas por las bases de esta convocatoria, las PYMES y las agrupaciones empresariales innovadoras (Clústeres), con centro de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, y que cumplan con lo establecido en la base reguladora 3.

Cuantía y otras características de los proyectos
El importe de la subvención será el correspondiente al porcentaje de gasto subvencionable, según tipo de entidad beneficiaria:
- Microempresa: 95%.
- Empresa Pequeña: 90%.
- Empresa Mediana: 85%.
- Clúster: 75%.
La cuantía máxima de subvención por anualidad es de veinticuatro mil (24.000,00) euros. La retribución anual bruta del tecnólogo contratado no podrá ser inferior a diecinueve mil (19.000,00) euros. Las ayudas se otorgarán por un número de anualidades completas, coincidente con el período de ejecución de la ayuda, el cual podrá tener una duración mínima de 12 meses y máxima de 36 meses consecutivos e ininterrumpidos, en su caso.
Las empresas que se acojan a estas subvenciones habrán de tener en cuenta que podrán optar a ellas siempre y cuando no excedan el importe máximo de 200.000,00 euros o 100.000 euros si la empresa opera en el sector del transporte por carretera, contabilizado durante el periodo de tres ejercicios fiscales dado el carácter de mínimis de este régimen de ayudas.

Plazo de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del extracto de la convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes expira a las 14.00 horas del último día de dicho plazo.

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Convocatoria Advanced Grant 2018

Convocatoria

Objeto
Con esta convocatoria, el Consejo Europeo de Investigación (ERC) tiene como objetivo brindar apoyo a proyectos de investigación en la frontera del conocimiento de cualquier temática, liderados por investigadores senior con al menos 10 años de experiencia de cualquier país del mundo que desarrollen el trabajo en uno de los Estados Miembros de la UE o de los países asociados.

Cuantía y otras características de los proyectos
La convocatoria cuenta con 450 millones de euros para financiar cerca de 200 proyectos. Los proyectos son individuales y podrán tener una financiación de 2,5 M€.
Como en otras ocasiones, los puntos nacionales de contacto y la Oficina Europea ofrecen asesoramiento personalizado a los candidato/as que quieran presentarse a estas convocatorias. Están previstas sesiones informativas que se pueden consultar en el calendario de eventos. Se puede consultar más información sobre esta convocatoria y su proceso de evaluación en el portal del ERC.

En la Fundación Canaria Parque Científico Tecnológico de la ULPGC dispone de técnicos de la Oficina de Proyectos Europeos que le pueden asesorar.

Plazo de presentación de solicitudes
La convocatoria está abierta desde el 23 de mayo hasta el 30 de agosto.

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Convocatoria para la Adquisición de Equipamiento Científico-Técnico 2018

Bases
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Convocatoria

Objeto
El objeto de la convocatoria es fortalecer las capacidades científico-técnicas de los grupos de investigación, mediante la adquisición, mejora o actualización del equipamiento científico-tecnológico necesario que facilite una investigación científico-técnica de calidad e impulse su liderazgo internacional en la generación de conocimiento de frontera, el desarrollo de tecnologías emergentes y la generación de conocimientos prioritarios y orientados a la resolución de las necesidades presentes y futuras de nuestra sociedad, así como para el propio funcionamiento de las infraestructuras de investigación existentes. En particular, la finalidad preferente de la convocatoria es la financiación de equipamiento para uso compartido de varios grupos de investigación y proyectos.
Adicionalmente, se pretende fomentar la programación conjunta con comunidades autónomas, facilitando que aquellas solicitudes que, habiendo obtenido una evaluación favorable en esta convocatoria, no hubieran sido financiadas, puedan recibir financiación en convocatorias análogas de las comunidades autónomas. Estas actuaciones de programación conjunta se articularán, en su caso, mediante convenios con las comunidades autónomas.

Beneficiarios
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Universidades públicas e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
Las entidades beneficiarias, con independencia de su naturaleza jurídica, deberán formar parte del sector público institucional y estar inscritas en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, de conformidad con lo dispuesto en el título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Adicionalmente, deberán cumplir las condiciones recogidas en el artículo 2.a) de las bases reguladoras y los requisitos específicos establecidos en la resolución de convocatoria.

Cuantía y otras características de los proyectos
El coste total de inversión de cada proyecto de equipamiento deberá ser mayor o igual a 100.000 euros y menor o igual a 1.000.000 euros. No se admitirá el fraccionamiento en varios proyectos de equipos con presupuesto superior a 1.000.000 euros. Tampoco se admitirán, en un mismo proyecto, varios elementos no relacionados entre sí con un coste unitario inferior a 100.000 euros. Los importes máximos y mínimos mencionados en este artículo son con impuestos incluidos.

Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes de participación serán presentadas por los candidatos, de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 15 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 07 de junio de 2018 a las 00:00 (hora peninsular española) al 26 de junio de 2018 a las 15:00 horas (hora peninsular española).

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