Acciones de dinamización de carácter internacional Europa Investigación, Retos de la Sociedad

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Bases
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Convocatoria

Beneficiarios

  • Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/ 2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  • Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  • Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, sobre acreditación de institutos de investigación sanitaria, y normas complementarias.
  • Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros.

Objeto
Las ayudas objeto de esta convocatoria financian los gastos necesarios para la preparación y presentación de nuevas propuestas dirigidas a las convocatorias del Programa Marco de Investigación e Innovación de la Unión Europea para el periodo 2014-2020 (H2020) que se detallan en el artículo 1 de la convocatoria, coordinadas por investigadores vinculados o adscritos a instituciones españolas y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 6 de la convocatoria, según la modalidad de convocatoria de H2020 elegida.

El investigador que actúe como responsable principal o investigador principal tutor podrá presentar una única solicitud en la presente convocatoria.

La propuesta prevista para H2020 que se incluya en la solicitud debe tener un presupuesto solicitado por el conjunto de entidades españolas participantes que deberá ser superior a 2.000.000 € o al 25 % del total solicitado por el consorcio europeo en la convocatoria internacional.

No se contempla en estas actuaciones la financiación de gastos relacionados con propuestas que hayan sido presentadas en convocatorias internacionales cuyo cierre sea anterior al 1 de enero de 2017.

Cuantía
La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas de esta convocatoria será de 3.000.000,00 €, con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad para el año 2017.

Las ayudas podrán financiar total o parcialmente los gastos elegibles en las propuestas presentadas. Su cuantía individual se determinará en cada caso en función de las disponibilidades presupuestarias.

Cada una de las ayudas concedidas podrá cubrir total o parcialmente el presupuesto previsto con un máximo de 25.000 euros en las propuestas de acciones de Investigación e innovación y acciones Marie Sklodowska-Curie RISE e ITN; y de 10.000 euros en las propuestas de proyectos individuales al Consejo Europeo de Investigación (ERC) a presentar en las convocatorias de H2020.

Forma y plazo de presentación de solicitudes
Habrá un único plazo de presentación de solicitudes, desde el 23 de junio de 2017 hasta el 6 de julio de 2017, a las 15:00 horas (hora peninsular).