Convocatoria para la conservación de la biodiversidad marina en España 2020

Convocatoria para la conservación de la biodiversidad marina en España 2020

Convocatoria para la conservación de la biodiversidad marina en España 2020

Bases
Convocatoria
Extracto de la Resolución 27 de mayo de 2020 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se acuerda nuevo plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de ayudas
Toda la información en el siguiente enlace.

Objeto
Convocatoria de ayudas de la Fundación Biodiversidad F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación de la biodiversidad marina en España 2020.
En caso de requerir información adicional sobre esta convocatoria, puede ponerse en contacto con la Fundación Biodiversidad a través de la siguiente dirección de correo:

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas entidades que reúnan los requisitos establecidos en el punto 4.1.a), 4.1.b), 4.1.c), 4.1.d) y el 4.2) de las Bases reguladoras de la concesión de ayudas por la Fundación Biodiversidad F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación de la biodiversidad marina en España. En concreto:
a)Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro de ámbito estatal o comunitario. Deberán tener sede en España, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro nacional correspondiente.
Se incluyen en esta categoría las entidades inscritas en el registro regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
b) Los organismos públicos de investigación.
c) Las universidades públicas. d)Los colegios profesionales de ámbito nacional.

Cuantía y otras características del proyecto
El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 120.000,00€. El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 70% del total del presupuesto del proyecto presentado. En el caso de las entidades del sector público susceptibles de ser beneficiarias, la cofinanciación de los proyectos no podrá superar el 50%. Excepcionalmente, para los proyectos que trabajen con las especies en la categoría de “Vulnerable” y en “Peligro de extinción” del Catálogo Español de Especies Amenazadas dentro del objetivo 2.3( contribuir a la conservación y restauración de hábitats naturales y especies silvestres), descrito en el siguiente apartado, la cofinanciación máxima será del 85% y del 65% para entidades del sector público. El plazo de ejecución de los proyectos será como máximo de 2 años, prórrogas incluidas. Como máximo, se admitirá para su evaluación dos propuestas por entidad solicitante.

Plazo para presentar solicitudes
MODIFICACIÓN: Se determina un nuevo plazo para la presentación de solicitudes que se extenderá hasta el día 17 de junio de 2020 a las 14 horas (hora peninsular) para la convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación de la biodiversidad marina en España, en los términos y condiciones especificados en las bases reguladoras.