Realización de estancias breves en España y en el extranjero para el año 2019
Bases
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Convocatoria
Objeto
Convocar en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2019 subvenciones destinadas a la realización de estancias breves en España y en el extranjero (Modalidad B), cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE), eje 3 “Invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje permanente”, prioridad de inversión 10.2 “La mejora de la calidad, la eficacia y la accesibilidad de la educación superior y ciclos equivalentes con el fin de mejorar la participación y el nivel de instrucción, especialmente para los grupos desfavorecidos”, objetivo específico 10.2.1 “Aumentar el número de los alumnos de postgrado o titulados universitarios que obtienen formación en el ámbito de la I+D+I, fomentando el desarrollo de actividades en red con centros tecnológicos, de investigación y empresas, con énfasis en la participación de mujeres”, con una tasa de cofinanciación del 85% del Programa Operativo FSE de Canarias 2014-2020, en el marco de las bases reguladoras aprobadas por Orden núm. 208 de 2 de diciembre de 2016 del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento (BOC nº 240, de 14 de diciembre de 2016).
Beneficiarios
Las personas solicitantes deberán ser beneficiarias en activo de convocatorias de ayudas para la formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias (Modalidad A).
Cuantía y otras características del proyecto
El importe de la ayuda de alojamiento y manutención, como complemento de la dotación mensual, será de 25 euros por día de estancia en España y de hasta 60 euros por día de estancia en el extranjero, en función del país de destino, según el Anexo de esta Orden. El importe de la ayuda de desplazamiento será:
a) Desplazamientos en España: 148,89 euros.
b) Desplazamientos en el extranjero: 437,33 euros, cuando el lugar de destino sea un país de Europa y 1.369,23 euros, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
El importe de la ayuda de asistencia sanitaria cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española o cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes, cubrirá un seguro de accidente y de asistencia médica durante el período de su estancia con un importe diario de 3,63 €.
Las estancias susceptibles de recibir esta subvención tendrán una duración mínima de dos meses y máxima de cuatro, abonándose gastos de la misma desde el 1 de diciembre de 2018 al 30 de noviembre de 2019, debiendo coincidir, salvo excepciones justificadas, con los periodos académicos y/o los de actividad ordinaria de los centros de destino. Excepcionalmente se podrán conceder estancias por un período inferior al mínimo establecido siempre que su finalidad quede debidamente justificada en el proyecto. Aquellas estancias de períodos cortos para una misma finalidad debidamente justificadas se podrán considerar como una única estancia, siempre que el cómputo total del periodo cumpla con lo establecidos en las bases reguladoras.
El número de ayudas a conceder estará limitada por la disponibilidad presupuestaria, en función de los importes de las solicitudes presentadas.
Plazo para presentar solicitudes
Fecha de inicio del periodo de solicitud: Día siguiente a su publicación (anuncio sin publicar aún)
Fecha de finalización del periodo de solicitud: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación.