Ayudas en el marco del Plan de Impulso al emprendimiento para la innovación en el Sector Portuario (Puertos 4.0) en la modalidad Proyectos Pre-Comerciales para 2022

Ayudas en el marco del Plan de Impulso al emprendimiento para la innovación en el Sector Portuario (Puertos 4.0) en la modalidad Proyectos Pre-Comerciales para 2022

Ayudas en el marco del Plan de Impulso al emprendimiento para la innovación en el Sector Portuario (Puertos 4.0) en la modalidad Proyectos Pre-Comerciales para 2022

Bases
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Convocatoria
Sede electrónica para la presentación de solicitudes

Objeto

Estas ayudas tienen como finalidad activar la inversión pública y privada en innovación para la transformación y fortalecimiento de las capacidades tecnológicas del sector del transporte, la logística y los puertos y favorecer la generación y aplicación de nuevos conocimientos y tecnologías de carácter disruptivo, nuevos usos de tecnologías ya existentes pero todavía no aplicadas al sector logísticoportuario, así como actividades de investigación aplicada generadoras de valor añadido para la comunidad logístico-portuaria, a través de proyectos empresariales.

Las ayudas están dirigidas a financiar la puesta en marcha y la maduración tecnológica de proyectos en la modalidad Pre-Comercial que desarrollen nuevas tecnologías, introduzcan productos, servicios o procesos innovadores en el mercado o mejoren los ya existentes con aplicación directa en el ecosistema logístico-portuario u otros relacionados con éste, vinculados a los puertos de interés general o a los diferentes eslabones de la cadena logística.

A los efectos de esta convocatoria, se entenderá por proyecto pre-comercial aquel que esté ubicado en este rango:

Nivel TRL 3. Prueba de concepto experimental. PROYECTO EN FASE PRE-COMERCIAL.
Nivel TRL 4. Validación a nivel de componentes en laboratorio.
Nivel TRL 5. Validación a nivel de componentes en un entorno relevante.
Nivel TRL 6. Demostración de sistema o subsistema en un entorno relevante.

 

Es decir, los proyectos tendrán la madurez suficiente para ser catalogados en fase pre-comercial cuando habiendo testado positivamente la prueba de concepto, el producto, servicio o proceso se encuentre en un nivel TRL3, 4, 5 o 6, y pueda realizarse su validación en un entorno logístico-portuario. El resultado esperado es la validación positiva en un entorno real o la llegada al nivel TRL7 de madurez tecnológica.

Beneficiarios

Podrán ser solicitantes y beneficiarios de estas ayudas las personas jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y hayan de realizar los proyectos subvencionables a los que se refiere la Orden Ministerial TMA/702/2020, siempre que no estén incursas en algunas de las prohibiciones previstas por los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003. Dichas personas jurídicas, sus fines, objeto o ámbito de actividad, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, deberán comprender o permitir la realización de los proyectos subvencionables. También podrán tener la condición de solicitantes y beneficiarias de estas ayudas las agrupaciones de personas jurídicas que puedan llevar a cabo proyectos en cooperación, siempre que cada uno de sus miembros cumplan con los requisitos establecidos. No obstante, no podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas jurídico-públicas extranjeras o las agrupaciones en las que participen.

Las personas físicas podrán ser solicitantes pero no beneficiarias de estas ayudas individualmente o participando en una agrupación, siempre y cuando incluyan en la solicitud el compromiso de constituirse en persona jurídica en caso de ser adjudicatarias de las ayudas.

Cuantía y otras características del proyecto
Los Proyectos deberán implementarse en el plazo establecido por los beneficiarios en su documentación técnica, con un máximo de treinta y seis meses desde la publicación de la resolución de concesión de la subvención.

En los Proyectos en fase pre-comercial la ayuda consistirá en una cantidad máxima del 60 % de los costes asociados en el presupuesto del proyecto a la componente de innovación, con un límite máximo de un millón de euros (1.000.000,00 euros), y la posibilidad de acceder a los servicios de incubación-aceleración o de asesoramiento para acelerar el crecimiento empresarial y asegurar el éxito del proyecto, establecidos en las sedes territoriales de la incubadora-aceleradora asociada al Plan de impulso al Emprendimiento para la Innovación en el sector portuario «Puertos 4.0», listadas en la letra a) de este apartado. No se considerarán proyectos que supusieran la asignación de ayudas inferiores a cincuenta mil euros (50.000 euros).

A los efectos de la convocatoria, se encuentra habilitada una página Web (www.ports40.es) y una dirección de correo electrónico () a la que podrá dirigirse cualquier tipo de aclaración y consulta sobre ésta, cuya contestación o resolución será publicada de forma transparente en la sección de preguntas frecuentes de dicha página cuando tenga interés para el resto de los interesados. Dicha página Web será directamente accesible a través de la página Web de Puertos del Estado (www.puertos.es).

Plazo para presentar solicitudes
De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.4 de la Orden Ministerial TMA/702/2020, las solicitudes de los interesados se presentarán dentro del plazo de tres meses a contar a partir del día siguiente a la de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (publicación realizada el 10 de marzo de 2022).