Fundación Biodiversidad. Convocatoria para la evaluación de la biodiversidad terrestre española 2020
Bases
Convocatoria
Extracto de la Resolución 27 de mayo de 2020 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se acuerda nuevo plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de ayudas.
Modificación de la convocatoria de concesión de ayudas.
Toda la información en el siguiente enlace.
Objeto
Convocatoria de ayudas de la Fundación Biodiversidad F.S.P, en régimen de concurrencia competitiva, para la evaluación de la biodiversidad terrestre española 2020.
En caso de requerir información adicional sobre esta convocatoria, puede ponerse en contacto con la Fundación Biodiversidad a través de la siguiente dirección de correo:
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas entidades que reúnan los requisitos establecidos en el punto 4.1.a), 4.1.b), 4.1.c), 4.1.d) y el 4.2) de las Bases Reguladoras de la concesión de ayudas por la Fundación Biodiversidad F.S.P, en régimen de concurrencia competitiva, para la evaluación del estado ambiental de España. En concreto:
a) Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro de ámbito estatal o comunitario, con sede en España, legalmente constituidas e inscritas en el registro nacional correspondiente. Se incluyen en esta categoría las entidades inscritas en el registro regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
b) Los organismos públicos de investigación.
c) Las universidades públicas.
d) Los colegios profesionales de ámbito nacional.
Cuantía y otras características del proyecto
El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 120.000,00€.
El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 70% del total del presupuesto del proyecto presentado. En el caso de las entidades del sector público susceptibles de ser beneficiarias, la cofinanciación de los proyectos no podrá superar el 50%.
Excepcionalmente, para los proyectos que trabajen con las 6 especies terrestres en situación crítica dentro del objetivo 2.3 (contribuir a la conservación y restauración de hábitats naturales y especies silvestres), descrito en el siguiente apartado, la cofinanciación máxima será del 85% y del 65% para entidades del sector público.
El plazo de ejecución de los proyectos será como máximo de 2 años, prórrogas incluidas. En el caso de los proyectos relativos a las Acciones relacionadas con la adaptación al cambio climático, es decir, las Acciones 1.1.3.; 2.1.8.; 2.6.7.; 2.6. 8.; 3.3.4.; 3.17.2. y 3.17.4 del PNEPNB, la duración de los proyectos no podrá exceder del 30 de junio de 2022.
Como máximo, se admitirá para su evaluación dos propuestas por entidad solicitante (pudiendo resultar ambas beneficiarias).
Plazo para presentar solicitudes
Se determina un nuevo plazo para la presentación de solicitudes que se extenderá hasta el día 17 de junio de 2020 a las 14 horas (hora peninsular) para la convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la evaluación de la biodiversidad terrestre española 2020, en los términos y condiciones especificados en las bases reguladoras.