Convocatoria de ayudas a proyectos de I+D estratégicos 'CIEN 2017'

Convocatoria de ayudas a proyectos de I+D estratégicos 'CIEN 2017'

Convocatoria de ayudas a proyectos de I+D estratégicos 'CIEN 2017'

Toda la información.

Tipo de proyecto
Serán proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental realizados por empresas en consorcio.

Al menos el 50% del presupuesto total deberá estar dedicado a actividades de investigación industrial.

Beneficiarios
Serán consorcios empresariales, formalizados mediante un acuerdo privado de colaboración. Todas las empresas integrantes del consorcio tendrán la consideración de beneficiarias.

Cada consorcio debe estar constituido por un mínimo de tres y un máximo de ocho empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas, y al menos una de ellas tendrá consideración de PYME.

Cada consorcio identificará la empresa que ejercerá de "coordinadora de proyecto", que deberá ser una empresa grande o mediana. La coordinadora del proyecto será la interlocutora del CDTI desde la solicitud de la ayuda hasta la aprobación, en su caso, por el Consejo de Administración del Centro; todo ello sin perjuicio de que el CDTI, durante esta fase, pueda ponerse en contacto directo con cualquiera de las empresas que conformen la agrupación.

Participación relevante de organismos de investigación
Los proyectos deben contar con una participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo.

En este sentido, se exige que al menos el 15% del total del presupuesto del proyecto aprobado por el Consejo de Administración del CDTI se subcontrate con organismos de investigación; uno de los cuales, al menos, será de titularidad pública.

A estos efectos se consideran organismos de investigación los centros públicos de investigación, las universidades públicas y privadas, los centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica que figuren inscritos en el registro de centros creado por el RD 2093/2008, de 19 de diciembre, los parques científicos asociados a universidades u organismos públicos de investigación que cuenten con personal de investigación propio y las instalaciones científico-tecnológicas singulares.

Características de la ayuda
Las ayudas consistirán en ayudas parcialmente reembolsables que cubrirán hasta el 75% del presupuesto del proyecto con un TNR del 33%. La parte del préstamo reembolsable tendrá un tipo de interés del Euribor a un año (fijado a la fecha de la aprobación de la ayuda por el Consejo de Administración del CDTI) y tendrá un periodo de amortización de 10 años contando a partir del centro de gravedad del proyecto. Se requiere la subcontratación con centros de investigación/innovación por un importe mínimo del 15% del presupuesto elegible del proyecto.
El presupuesto mínimo financiable es de 5.000.000 euros y el presupuesto máximo de 20.000.000 euros. El presupuesto mínimo financiable por cada empresa será de 350.000 euros. En el caso de las pequeñas y micro empresas el presupuesto mínimo financiable será de 260.000 euros.
Los proyectos tendrán una duración mínima de 36 meses y una duración máxima de 48 meses.
La participación de las empresas en el consorcio debe ser equilibrada, de modo que ninguna de las empresas autónomas participantes ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas puede superar el 70% del presupuesto financiable del proyecto.

Gastos elegibles
• Gastos de personal investigador, técnico y auxiliar en la medida en que estén vinculados al proyecto.
• Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto, incluyendo amortizaciones en su caso.
• Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, y los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto. El total de las subcontrataciones no podrán superar el 65% del presupuesto total financiable de cada una de las empresas del consorcio, y no se podrá subcontratar a ninguna empresa integrante del consorcio.
• Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto. La cuantía de estos gastos no podrá superar el 20% de los costes directos de cada operación.
• Otros gastos de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto. Podrá incluirse el gasto del informe realizado por el auditor con un límite máximo de 2.000 euros por beneficiario e hito.

Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 4 de julio de 2017.