Programa FEDER INTERCONECTA para el año 2018

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Bases
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Convocatoria
Resumen Red CIDE

Objeto
Los proyectos objeto de ayuda de la presente convocatoria serán proyectos de desarrollo experimental en la modalidad de proyectos en cooperación, con las características descritas en el artículo 2.m) de la Orden ECC/1780/2013, de 30 de septiembre.
Temáticas:
Las temáticas de los proyectos presentados deberán estar alineadas con las prioridades establecidas en los siguientes Retos Sociales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8. 2. c) de la Orden de bases reguladoras:

  • Salud, cambio demográfico y bienestar.
  • Seguridad y calidad alimentarias; actividad agraria productiva y sostenible, recursos naturales, investigación marina y marítima.
  • Energía, segura, eficiente y limpia.
  • Transporte inteligente, sostenible e integrado.
  • Acción sobre el cambio climático y eficiencia en la utilización de recursos y materias primas.
  • Cambios e innovaciones sociales.
  • Economía y sociedad digital.
  • Seguridad, protección y defensa.

Beneficiarios
Solo se financiarán aquellos proyectos que sean desarrollados en el ámbito geográfico de las siguientes Comunidades Autónomas: Andalucía, Castilla y León, Castilla La Mancha, Canarias, Extremadura y Murcia.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las agrupaciones de personas jurídicas definidas en el artículo 5.2 de la Orden de bases reguladoras, que puedan llevar a cabo los proyectos objeto de ayuda.
Las agrupaciones deberán estar constituidas únicamente por empresas, según la categoría de beneficiario de las previstas en el artículo 4, apartado a), punto 7º de la Orden de bases reguladoras.
Las agrupaciones deberán estar constituidas, como mínimo, por dos empresas autónomas entre sí, de las cuales al menos una de ellas ha de ser grande o mediana y otra ha de ser PYME, según la definición del artículo 2 de la Orden de bases. El número máximo de empresas integrantes de la agrupación será de seis.
Ninguna de las empresas autónomas de la agrupación, ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas, podrá superar el 70% del presupuesto financiable del proyecto.

Cuantía y otras características del proyecto
Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto financiable mínimo de 1.000.000,00 € y máximo de 4.000.000,00 €.
La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias. En todo caso el importe máximo de subvención será el siguiente:

  • 60% para empresas pequeñas
  • 50% para empresas medianas
  • 40% para empresas grandes

Los proyectos deberán ser plurianuales y parte del proyecto deberá realizarse en el año 2018. En todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2018. Los proyectos tendrán una duración de dos o tres años naturales, de forma que deberán finalizar el 31 de diciembre de 2019 o el 31 de diciembre de 2020.

Plazo de solicitud
La convocatoria se abrirá el 03/05/2018 y se cerrará el 05/06/2018.