Financiación

Misiones de Ciencia e Innovación, iniciativa TransMisiones 2023

Bases.
Convocatoria.
Extracto.
Base de datos nacional de subvenciones.
Sede electrónica.

Propósito
Proyectos de I+D empresarial en cooperación.

Modalidad
Subvenciones.

Región
Nacional.

Ayuda
Misiones de Ciencia e Innovación “Iniciativa TransMisiones”.

Objetivo
La finalidad de esta convocatoria es dar respuesta a los desafíos identificados en las prioridades temáticas recogidas en el Anexo II (en adelante, misiones) mediante la financiación de proyectos de I+D ambiciosos.

La convocatoria financiará proyectos ejecutados en colaboración por agrupaciones de empresas (en adelante, agrupación CDTI) que se enmarquen en una actuación coordinada de I+D en el marco de la iniciativa TransMisiones 2023, en la que colaboran dos agrupaciones diferentes, una formada por empresas y otra formada por organismos de investigación y de difusión de conocimiento (en adelante, agrupación AEI).

Entidad convocante
Ministerio de Ciencia e Innovación, CDTI.

Beneficiarios
a) Empresas, entendiendo como tales a todas aquellas entidades que ejerzan una actividad económica, independientemente de su forma jurídica y de su financiación.
b) Organismos públicos de investigación.
c) Universidades públicas y sus institutos universitarios.
d) Institutos de investigación sanitaria acreditados.
e) Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros.

Las agrupaciones CDTI estarán constituidas por empresas. Cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de tres y un máximo de ocho empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas entre sí. La empresa representante de la agrupación CDTI deberá tener la consideración de gran empresa o mediana, y, al menos, uno de los socios deberá ser una pequeña o mediana empresa (pyme).

Cuantía y otras características del proyecto
Para que un proyecto presentado por una agrupación CDTI obtenga financiación en esta convocatoria será requisito imprescindible que el proyecto presentado por la agrupación Agencia Estatal de Investigación (en adelante AEI), que forma parte de la actuación coordinada de I+D, obtenga, a su vez, financiación por parte de la AEI en la convocatoria 2023 ayudas a proyectos de investigación en líneas estratégicas en colaboración entre organismos de investigación y difusión de conocimientos en el marco de la "Iniciativa TransMisiones 2023".

Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 3.000.000 euros y un presupuesto elegible máximo de 10.000.000 euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 euros.

Peso de las actividades de investigación industrial: el porcentaje en el presupuesto elegible deberá ser, al menos, del 5%.

El límite de intensidad de ayuda para cada proyecto y beneficiario será una media ponderada en función del reparto de presupuesto entre cada tipo de actividad (investigación industrial o desarrollo experimental) y la intensidad máxima de ayuda que corresponda al beneficiario y a la actividad.

Investigación industrial:
Pequeña empresa 70%
Mediana empresa 60%
Gran empresa 50%
Si existe: a) Colaboración con empresas o entre una empresa y un organismo de investigación, o b) amplia difusión de los resultados.
Pequeña empresa 80%
Mediana empresa 75%
Gran empresa 65%

Desarrollo experimental
Pequeña empresa 45%
Mediana empresa 35%
Gran empresa 25%
Si existe: a) Colaboración con empresas o entre una empresa y un organismo de investigación, o b) amplia difusión de los resultados.
Pequeña empresa 60%
Mediana empresa 50%
Gran empresa 40%

Régimen convocatoria
Concurrencia competitiva.

Periodos de ejecución
Los proyectos tendrán una duración de 3 o 4 años. La fecha de inicio de los mismos será el 1 de enero de 2024.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 03/07/2023 - 28/07/2023

C2: 21/06/2022 - 05/09/2022

C3: 27/07/2021 - 06/09/2021

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: ----

C2: (PROV) 01/12/2022 - (DEF) 30/12/2022

C3: (PROV) 07/12/2021 - (DEF) 28/12/2021

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Subvenciones para el impulso de proyectos de innovación disruptiva en Canarias

Bases.
Convocatoria.
Extracto.
Base de datos nacional de subvenciones.
Sede electrónica.

Propósito
Transferencia de tecnología, desarrollo de empresas emergentes

Modalidad
Subvención

Región
Canarias

Ayuda
Subvenciones para el impulso de proyectos de innovación disruptiva en Canarias (llamada Canarias Stars en 2022)

Objetivo
Se establecen tres tipos de actuaciones subvencionables:
a) Actuaciones tipo A. Actuaciones de apoyo y asesoramiento a empresas emergentes canarias dirigidas a fomentar y promover proyectos de innovación disruptiva, tanto desde el punto de vista de incubación como de aceleración, así como aquellas actuaciones que promuevan la participación de dichas empresas en proyectos nacionales, europeos e internacionales que les permitan el acceso a recursos que son necesarios para desarrollar dichos proyectos.
b) Actuaciones tipo B. Incluye proyectos de innovación disruptiva a desarrollar por empresas emergentes canarias. En ningún caso serán subvencionables las actuaciones rutinarias definidas en la base reguladora 2.d).
c) Actuaciones tipo C. Actuaciones de apoyo a procesos de transferencia de conocimiento y tecnología, y de demanda de innovación en empresas canarias, a través de colaboraciones externas con empresas emergentes y agentes de conocimiento en el ámbito regional, nacional o internacional, siguiendo modelos de innovación abierta.

Entidad convocante
Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

Beneficiarios
En las actuaciones tipos A y C, podrán ser entidades beneficiarias aquellas entidades públicas o privadas, cuyo objeto social comprenda expresamente el desarrollo de actividades propias de agentes de apoyo a la innovación, facilitadoras de servicios que promuevan la cultura innovadora en el ámbito del tejido empresarial, impulsen la actividad emprendedora.

En las actuaciones tipo B, podrán ser entidades beneficiarias empresas canarias emergentes que pretendan llevar a cabo un proyecto de innovación disruptiva.

Cuantía y otras características del proyecto
La intensidad de la ayuda será del 100% del gasto elegible, siempre que los límites máximo y mínimo de la subvención por proyecto lo permitan. En el caso de que la dotación presupuestaria no permita la concesión del 100% de la ayuda a la entidad solicitante donde se agotaría la dotación, no se le podrá conceder parcialmente. Los límites mínimo y máximo de la subvención a conceder por proyecto son 30.000 y 120.000 euros, para actuaciones tipos A y C, y entre 25.000 y 50.000 euros para actuaciones tipo B.

Gastos subvencionables:

Actuaciones tipo A y C:
a) Gastos del personal propio vinculado a la actuación o proyecto durante su desarrollo.
b) Gastos de viajes (desplazamiento y alojamiento). El importe máximo a subvencionar en este concepto será 10.000,00 euros.
c) Colaboraciones externas y consultorías.
d) Informe de Auditoría.

Actuaciones tipo B:
a) Activos fijos nuevos, que no tengan el carácter de reposición.
b) Inversiones inmateriales.
c) Colaboraciones externas.
d) Informe de Auditoría.
e) Gastos de personal propio vinculado a la actuación o proyecto durante su desarrollo.
f) Gastos de viajes (desplazamiento y alojamiento). El importe máximo a subvencionar en este concepto será 6.000,00 euros.

Régimen convocatoria
Régimen de concurrencia no competitiva. Ayudas de minimis.

Periodos de ejecución
El inicio del plazo para realizar la actividad y para considerar los gastos subvencionables se podrá computar desde el 1 de enero del año a que corresponda la convocatoria. La duración máxima del plazo de ejecución será de doce meses.

Plazo para presentar solicitudes
C1: El plazo de presentación de solicitudes estará abierto de forma continuada desde el día siguiente de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias hasta el agotamiento del crédito disponible o, en caso de que esto no ocurra, hasta las 14:00 h del día 15 de octubre de 2023.

C2: 06/10/2022 - 28/10/2022

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: ---

C2: (PROV) 29/11/2022 ; (DEF) 16/12/2022

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"Programa Misiones de Ciencia e Innovación" vinculadas al PERTE de microelectrónica y semiconductores 2023

Bases.
Convocatoria.
Extracto.
Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Sede electrónica.

Propósito
Investigación industrial y desarrollo

Modalidad
Subvención

Región
Nacional

Ayuda
Programa Misiones de Ciencia e Innovación, vinculado al PERTE de microelectrónica y semiconductores

Objetivo
Proyectos de I+D empresarial en cooperación. El peso de las actividades de investigación industrial: el porcentaje en el presupuesto elegible deberá ser superior al 35%

Entidad convocante
Ministerio de Ciencia e Innovación.

Beneficiarios
Agrupaciones de personas jurídicas que puedan llevar a cabo proyectos en cooperación.
Las agrupaciones deberán estar constituidas por empresas, siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y residencia fiscal en España.
Cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de dos y un máximo de ocho empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas entre sí. La empresa representante de la agrupación, en los términos del artículo 3 de esta convocatoria, podrá ser una gran empresa o una PYME.

Cuantía y otras características del proyecto
Los proyectos presentados deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 3.000.000 euros y máximo de 15.000.000 euros.
Se podrán financiar los siguientes costes directos de ejecución: costes de personal, costes de instrumental y material inventariable, costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

Régimen convocatoria
concurrencia competitiva

Periodos de ejecución
Los proyectos deberán tener una distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto, ser plurianuales y parte de este deberá realizarse en el año 2023. En todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2023. Los proyectos deberán finalizar el 30 de septiembre de 2025.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 05/05/2023 - 17/07/2022

C2: 22/06/2022 - 05/09/2022 (Programa de Misiones de Ciencia e Innovación, 2022)

C3: 27/07/2021 - 06/09/2021 (Programa de Misiones de Ciencia e Innovación, 2021)

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: ----

C2: (PROV) 01/12/2022 / (DEF) 30/12/2022

C3: (PROV) 07/12/2021 / (DEF) 28/12/2021

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Subvenciones para proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias

Bases y Convocatoria
Extracto
EXTRACTO de la Orden de 20 de junio de 2023, por la que se incrementa el crédito.
Enlace a la sede electrónica.
Preguntas frecuentes.
Seminario web explicativo.

Base de datos nacional de subvenciones.

Propósito
Modalidad A: Creación de empresas
Modalidad B: Mejora y crecimiento de empresas

Modalidad
Subvenciones

Ayuda
Subvenciones para proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias (Modalidad A. Apoyo a la creación de nuevas pymes)

Subvenciones para proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias (Modalidade B. Consolidación de las pymes existentes, mediante proyectos destinados a realizar mejoras productivas, innovadoras y organizativas de las empresas que sean necesarias a tal fin)

Objetivo
Estas subvenciones tienen como finalidad la reactivación económica de las pequeñas y medianas empresas de Canarias mediante el apoyo a la creación de nuevas empresas y la consolidación de las existentes, mediante proyectos destinados a realizar mejoras productivas, innovadoras y organizativas, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de la COVID-19. Proyectos Subvencionables: Apoyo a la creación de nuevas pymes.
Podrán ser objeto de subvención los proyectos de inversión destinados a la actividad de industria, construcción, turismo, comercio, transportes y de servicios en general.

Entidad convocante
Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

Beneficiarios
Podrán acogerse a estas subvenciones: las pequeñas y medianas empresas (persona física o jurídica) que realicen un proyecto de los indicados en la base sexta en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En el caso de proyectos del tipo A) Apoyo a la creación de nuevas pymes, las personas físicas o jurídicas contarán con alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) efectuada entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022 o, en caso de estar exentos del mismo, modelo de declaración censal de alta.

Cuantía y otras características del proyecto
Los gastos subvencionables han de ascender como mínimo a 10.000 euros.

Se podrán financiar los siguientes tipos de gastos (modalidades A y B.1):
a) Gastos de constitución y primer establecimiento. Se entenderá por gastos de constitución y primer establecimiento los siguientes: honorarios de notarios y registradores; diseño de imagen corporativa; adquisición de derechos de marca pagados ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, nombre comercial. Se establece un límite global de 6.000 euros en este epígrafe.
b) Bienes de equipo, entendiéndose por tales el equipamiento necesario para desarrollar la actividad, incluido mobiliario y equipos de oficina. Se recogerá y describirá expresamente en este epígrafe el equipamiento de tecnología innovadora que suponga bienes específicos de última generación en los procesos propios de la actividad de la empresa.
c) Inversiones inmateriales: software.
d) Acondicionamiento de local. Se entenderá por gastos de acondicionamiento del local: las reformas necesarias para la apertura y funcionamiento del local afecto al domicilio de la actividad de la empresa, incluidos el diseño del establecimiento, fachadas que cumplan los requisitos pertinentes y los rótulos de establecimientos, instalaciones energéticas, eléctricas, de agua y aire. Deberán especificarse en la factura justificativa los materiales, obras y servicios prestados y el domicilio de realización de la obra o servicio. Se establece un límite global de 18.000 euros en este epígrafe y un mínimo de 50 euros por factura.

(en la modalidad B.2) e) Inversiones materiales o inmateriales que no tengan el carácter de reposición y excluyendo la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, los gastos de mobiliario, el equipamiento de oficina y los medios de transporte.
(en la modalidad B.2 y B.3) f) Colaboraciones externas tales como asistencia técnica, gastos externos de consultoría y tutorización, así como costes de servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación relacionados con los proyectos incluyendo, entre otros los costes asociados a la obtención y validación de patentes y otros derechos de propiedad industrial.
Podrá ser objeto de subcontratación el 100% de la actividad subvencionada.

El importe de la subvención por proyecto se calculará aplicando un porcentaje del 35 por ciento sobre los costes subvencionables. Este porcentaje se incrementará de la siguiente forma:
a) Si el proyecto se realiza en zona prioritaria (La Palma, La Gomera, El Hierro, Lanzarote, Fuerteventura y La Graciosa), se incrementará un 7%, entendiendo por zona prioritaria la ubicación donde se desarrolla la actividad objeto de subvención.
b) Si la persona o empresa el solicitante reúne al menos uno de los requisitos que se indican a continuación, se incrementará un 3%:
i) Ser mujer (autónoma) y en caso de persona jurídica, que el cincuenta por ciento o más del capital social esté en manos de mujeres y/o la representante sea una mujer.
ii) Tener discapacidad acreditada de al menos el 33 por ciento la persona o empresa solicitante, los representantes, las personas socias y/o las personas empleadas por cuenta ajena.

El límite máximo de subvención será de 60.000 euros.

El abono de las subvenciones se realizará previa justificación de los requisitos exigidos en las presentes bases.

Régimen convocatoria
Concurrencia no competitiva. Ayuda afectada por regla de mínimis.

Periodos de ejecución
El plazo para realizar la actividad y para considerar los gastos subvencionables se computará desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.

Plazo para presentar solicitudes
C1: 13/04/2023 - 04/05/2023
C2: 25/06/2020 - 24/07/2020
C3: 22/02/2019 - 14/03/2019

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: -----
C2: 18/12/2020 (DEF 1er procedimiento)
29/12/2020 (DEF 2º procedimiento)
C3: 01/08/2019 (PROV)
23/08/2019 (DEF)

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Incorporación de personal investigador al tejido productivo (IPI) 2023

Bases
Modificación de bases (Fecha de publicación en BOC: 03/05/2023)
Extracto.
Convocatoria.
Enlace en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Sede electrónica.

Propósito
Investigación y desarrollo, Contratación personal.

Modalidad
Subvenciones.

Objetivo
Incentivar la incorporación de personal cualificado a las empresas y clústeres, para el desarrollo de proyectos de innovación, y así fortalecer el sistema de I+D+i canario.

Entidad convocante
Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, ACIISI.

Beneficiarios
Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las empresas o clústeres que reúnan los siguientes requisitos en el momento de presentación de la solicitud:
a) Que vaya a realizar un proyecto de innovación, según definición de la base 2.b).
b) No ser una sociedad pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias u otra Administración Pública.
c) Contar, al menos, con una persona trabajadora en plantilla.
d) Contar con un compromiso explícito en materia de igualdad entre mujeres y hombres que deberá constar por escrito, debiendo acreditarse la forma elegida para realizar su difusión a toda la plantilla. Este compromiso abarcará como mínimo las siguientes medidas:
- La aplicación de criterios de acceso al empleo adecuados al principio de igualdad y no discriminación.
- La aplicación de criterios de promoción profesional adecuados al principio de igualdad y no discriminación.
- La aplicación de sistemas y criterios de retribución que cumplan con los parámetros de publicidad, objetividad y transparencia y fomenten el principio de igualdad y no discriminación.
- La implantación de medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo: códigos de conducta, protocolos de actuación para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que se puedan formular en materia de acoso.
- La adopción de medidas para impulsar la presencia de mujeres en los consejos de administración, en otros órganos colegiados y en el resto de los diferentes puestos de toma de decisión y su evolución en los últimos años.
e) Tener su domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias.
f) Tener centro de trabajo en Canarias, al que se adscriba la persona a contratar.
g) Disponer de personalidad jurídica propia.
h) Estar válidamente constituida en el momento de la presentación de la solicitud.
i) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
j) No haber sido sancionada, administrativa o penalmente, por incurrir en discriminación por razón de sexo.
k) No estar incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
l) No ser empresa en crisis definida como tal en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
m) No estar incursa en un procedimiento de recuperación de ayudas, por haber sido estas declaradas ilegales e incompatibles por la Comisión Europea.
n) Que la operación para la que se solicita financiación no haya concluido materialmente o se haya ejecutado íntegramente en la fecha de solicitud.
o) Figurar en situación de alta de tercero en el Sistema Económico Financiero y Logístico de Canarias (SEFLOGIC).
p) No ser empresa que opere en los sectores y actividades excluidos por el artículo 1 del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

La persona a contratar deberá reunir los siguientes requisitos en el momento de la firma del contrato:
a) Ser residente en Canarias.
b) Estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Canario de Empleo.
c) Estar en posesión de un título oficial español de Grado, de una licenciatura o de cualquier otra titulación equivalente al nivel 2 MECES, o superior. En el caso de estar en posesión de un título obtenido en un país extranjero, dicha titulación deberá estar homologada por el ministerio competente del Gobierno de España.
d) Estar en posesión de un diploma o certificado acreditativo de haber superado, al menos, el nivel 2 de formación en el programa de gestores de la innovación cuyas bases reguladoras se aprobaron mediante Orden de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento de 26 de febrero de 2018 (BOC nº 50, de 12.3.2018) o estar en posesión del diploma o certificado acreditativo de aptitud del programa DIGINNOVA, cuyas bases reguladoras y convocatoria se aprobaron mediante Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo de 3 de septiembre de 2021 (BOC nº 190, de 15.9.2021).
e) No haber mantenido en el año inmediato anterior a la fecha de producción de efectos de la correspondiente convocatoria, relación laboral de carácter contractual con la entidad solicitante, ni con ninguna otra relacionada accionarial o socialmente con la misma.
Será admisible una vinculación previa como persona becaria en prácticas con la entidad solicitante, siempre y cuando ello no haya dado lugar a un contrato laboral suscrito por ambas partes.
f) No contar, a la fecha de producción de efectos de la correspondiente convocatoria, con una participación en el capital social de la entidad solicitante, o de otra relacionada accionarial o societariamente con la misma, que suponga una capacidad de control directo o indirecto en su consejo de administración.

Cuantía y otras características del proyecto
El coste unitario por mes de contrato de 2.198,11 euros.
La cuantía de la subvención se calculará multiplicando el coste unitario por el número de meses que la persona esté contratada por la entidad beneficiaria para la realización del proyecto de innovación subvencionado, con un máximo de 18 meses.

Tras modificación de las bases en 19/04/2023 y 03/05/2023, se incluye el compromiso de mantenimiento del contrato durante seis meses a partir de la finalización del período subvencionable.

Régimen convocatoria
Concurrencia no competitiva. Se podrán dictar sucesivas resoluciones de concesión por orden de presentación de las solicitudes completas, en su caso, una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la situación o actuación subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria.

Periodos de ejecución
Duración mínima de 12 meses y máxima de 18 meses consecutivos e ininterrumpidos

Plazo para presentar solicitudes
C1: 01/06/2023 - 31/7/2023, 14:00

C2: 17/09/2021 - 08/10/2021

C3: 17/9/2020 - 08/10/2020

C4: 24/09/2019 - 15/10/2019

Fecha de resolución de las anteriores convocatorias
C1: -----

C2: 09/02/2022 (PROV)
01/04/2022 (DEF)

C3: 05/04/2021 (PROV)
03/05/2021 (DEF)

C4: 18/02/2020 (PROV)
04/06/2020 (DEF)

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Proyectos de Generación de Conocimiento 2022

Bases
Extracto
Convocatoria
Enlace en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Más información

Objeto
Los proyectos de investigación que se financien serán de las siguientes modalidades:
a) Proyectos de «Investigación No Orientada», sin orientación temática previamente definida, que tienen como objetivo principal avanzar en el conocimiento, independientemente del horizonte temporal y del ámbito de aplicación.
b) Proyectos de «Investigación Orientada», que persiguen la resolución de problemas concretos y vinculados a las prioridades temáticas asociadas a los grandes desafíos de la sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
Asimismo, se podrán financiar actuaciones encaminadas a la formación de personal investigador predoctoral mediante la realización de una tesis doctoral asociadas a los proyectos de investigación mencionados.

Beneficiarios
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de conformidad con el artículo 7 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro.
También podrán ser entidades beneficiarias los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y los centros públicos de I+D+i de investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas, integrados en el sistema INIA (CSIC)-CCAA y otros órganos análogos que desarrollen actividades de I+D+I.

Cuantía y otras características del proyecto
La duración de los proyectos y subproyectos será, con carácter general, de 3 o 4 años, según lo justifique la índole de las actividades descritas en la memoria científico técnica, excepto los proyectos que conlleven la realización de campañas oceanográficas que tendrán una duración de 4 años.
El presupuesto de los proyectos se presentará únicamente en la modalidad de costes marginales, independientemente de la naturaleza jurídica de la entidad beneficiaria. Las ayudas podrán financiar hasta el 100 % de los costes marginales solicitados.
Los conceptos financiables serán los siguientes:
Los costes directos de ejecución incluyen:
a) Costes de personal. Gastos derivados de la contratación del personal, que deberá estar dedicado al proyecto.
b) Costes de movilidad directamente vinculados con el proyecto
c) Costes de adquisición, alquiler, arrendamiento financiero (leasing), mantenimiento, reparación de activos materiales, como instrumental, equipamiento científico-técnico e informático, material bibliográfico y otros elementos necesarios directa y exclusivamente vinculados con la ejecución del proyecto.
d) Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares en la medida en que se utilicen para el desarrollo del proyecto, excluyendo en todo caso el material de oficina y el material fungible informático.
e) Costes de adquisición de activos inmateriales, incluyendo programas de ordenador de carácter técnico, con vinculación directa con el proyecto financiado. El beneficiario deberá destinar los bienes adquiridos al fin concreto para el que se concedió la subvención al menos durante los cinco años siguientes al pago final al beneficiario.
f) Costes de solicitud de derechos de propiedad industrial e intelectual generados en el proyecto y otros costes derivados del mantenimiento de los mismos. No serán elegibles los gastos de ampliación o renovación de aquellas patentes no generadas durante el período de ejecución del proyecto.
g) Costes de bancos de datos, uso y gestión de repositorios de datos y bibliotecas técnicas relacionados con el proyecto.
h) Costes de computación relacionados con el proyecto.
i) Otros costes derivados de asesoramiento, realización de estudios en materia de I+D+i, difusión, publicidad y patrocinio, e internacionalización de las actividades científicas y técnicas.
j) Costes de publicación y difusión de resultados del proyecto financiado, incluidos aquellos que pudieran derivarse de la publicación en revistas de acceso abierto que cuenten con procedimientos de revisión por pares internacionalmente reconocidos. Se incluyen gastos de revisión de manuscritos y los gastos derivados de la incorporación a repositorios de libre acceso. También se incluyen los gastos derivados de la publicación de tesis doctorales que hayan sido generadas en el proyecto y los gastos de publicaciones derivadas de jornadas científico-técnicas financiadas con cargo al proyecto.
k) Costes derivados de la formación del personal asociado al proyecto, incluyendo los costes inherentes a la preparación de las actuaciones formativas y, en su caso, de las actividades formativas para integrar la dimensión de género en la ejecución del proyecto. En ningún caso se admitirá material de oficina. Serán para actividades de formación de corta duración (máximo de 30 horas lectivas o equivalente a 1 crédito ECTS – European Credit Transfer System-) imprescindibles para la ejecución del proyecto. El número de horas lectivas podrá incrementarse hasta un máximo de 90 en casos debidamente justificados, cuando la formación sea estrictamente necesaria para la actividad investigadora que se vaya a desarrollar.
l) Costes de alquiler de salas, traducción, organización de conferencias, eventos, congresos y seminarios, para actividades científico-técnicas directamente vinculadas a los objetivos del proyecto. En los informes científico-técnicos se deberá indicar y explicar brevemente su necesidad en el marco del proyecto. No serán imputables en esta actuación honorarios por participación en actividades científico-técnicas ni pagos a conferenciantes.
m) Costes de inscripción en congresos, seminarios, conferencias, jornadas técnicas y similares, del/de la IP, del equipo de investigación y del personal que participe en el equipo de trabajo, y que figure en la memoria científico-técnica del proyecto o en los informes de seguimiento, siempre que estén vinculados a entidades que cumplan los requisitos del artículo 7 de la convocatoria.
n) Costes de utilización de servicios centrales del organismo para actuaciones vinculadas con el proyecto, siempre y cuando tengan tarifas públicas calculadas conforme a contabilidad de costes. Solo se podrá imputar el importe que no esté financiado con cargo a otro concepto de gasto elegible. No podrán repercutirse gastos salariales del personal propio.
ñ) Costes de utilización y acceso a las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) y grandes instalaciones científicas, nacionales e internacionales, siempre que dicho acceso no sea gratuito.
o) En aquellos casos en los que durante la ejecución del proyecto se produzca un cambio de entidad beneficiaria y precise la presentación de un informe de auditor, será subvencionable con un límite de 1.200 €. En aquellos casos en que la entidad beneficiaria esté obligada a auditar sus cuentas anuales por un auditor sometido a la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, la revisión de la cuenta justificativa se llevará a cabo por el mismo auditor, o por otro, siempre que esté inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
p) Podrán ser financiables las compensaciones a los sujetos experimentales que no estén vinculados laboralmente con la entidad beneficiaria cuando participen en la ejecución de las actuaciones objeto de subvención. Estas compensaciones se realizarán mediante transferencia bancaria con las deducciones tributarias que corresponda. No se admitirán retribuciones en especie.
q) Gastos de subcontratación de actividades objeto de ayuda de hasta un 25 % de la cuantía total de la ayuda concedida, que podrá incrementarse en casos debidamente justificados y previa solicitud motivada, según lo establecido en el artículo 25. En ningún caso podrá fraccionarse el gasto correspondiente a un mismo objeto y a un mismo proveedor.

Plazo para presentar solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será desde el 10 de enero hasta el 31 de enero de 2023 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

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