Innobonos 2019

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Bases
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Convocatoria
Resumen de la Red CIDE

Objeto
El Programa de Bonos de Innovación trata de desarrollar un programa de apoyo a la innovación y el emprendimiento en las PYMES, mediante pequeñas subvenciones en forma de “Bonos de Innovación” (INNOBONOS) destinados a la adquisición de servicios de asesoramiento, tutorización y vigilancia tecnológica, consultoría, desarrollo, soluciones TIC, transferencia de conocimiento, certificación de normativas, etc., que permitan y faciliten la introducción de innovaciones en los procesos de negocio de las PYMES Canarias, que mejore su posicionamiento tecnológico a través de la contratación de servicios tecnológicos a proveedores especializados. Los servicios a subvencionar mediante la presente convocatoria, cuya descripción se indica en el anexo de la Orden de 21 de septiembre de 2018, son los siguientes:
- Servicio 1. Implantación de soluciones de gestión empresarial.
- Servicio 2. Desarrollo de estrategia on line en la empresa.
- Servicio 3. Transferencia de conocimiento.
- Servicio 4. Asesoramiento en Gestión de la I+D+i.
- Servicio 5. Asesoramiento para la preparación de propuestas de proyectos de I+D+i a convocatorias de carácter nacional o internacional.
- Servicio 6. Incorporación de tecnologías innovadoras TIC a la empresa.
- Servicio 7. Industria 4.0.

Beneficiarios
Podrán acogerse a las subvenciones reguladas por las bases de esta convocatoria, las empresas válidamente constituidas, y los profesionales autónomos, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
No podrán obtener la condición de beneficiario:
- Las personas físicas o jurídicas que a su vez figuren como prestadores de servicios en el Programa de Bonos de Innovación.
- Las entidades o personas físicas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artº. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuantía y otras características del proyecto
La intensidad de la ayuda será de un máximo del 70% del coste elegible del servicio, con un máximo de 20.000 euros. En el caso de que el gasto finalmente justificado sea menor que el previsto, se mantendrá el importe de la subvención concedida siempre que no se supere el % máximo establecido.

Plazo para presentar solicitudes
De acuerdo con lo dispuesto en la base 2, se establecen para el ejercicio 2019, dos procedimientos de concesión con las siguientes características:
a) Primer procedimiento:
• Plazo de presentación de solicitudes: del 1 al 15 de octubre de 2018.
• Importe máximo a otorgar: 1.700.000 euros; 750.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467B.770.00 LA 157G0059 “Bonos de innovación para pymes” y 950.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467C.770.00 LA 157G0061 “Desarrollo de la economía digital”.
b) Segundo procedimiento:
• Plazo de presentación de solicitudes: del 15 al 31 de enero de 2019.
• Importe máximo a otorgar: 500.000 euros, que podrá incrementarse, en su caso, con los créditos no aplicados en el primer procedimiento. De este importe, 250.000 euros serán con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467B.770.00 LA 157G0059 “Bonos de innovación para pymes” y 250.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467C.770.00 LA 157G0061 “Desarrollo de la economía digital”.
La presentación de solicitudes se realizará de acuerdo con lo previsto en la base 11, de forma obligatoria a través de la aplicación informática de gestión habilitada para ello, que se indica a continuación: https://sede.gobcan.es/aciisi/ticketsso/tramites/5355.
En cualquier caso, el plazo de presentación de las solicitudes expira a las 14.00 horas del último día del plazo de presentación de solicitudes.